Instrumento de alabanza: La dulce música de los salmos a capela

Nota periodística de la agencia de noticias Associated Press, publicada en el periódico Los Angeles Times (20 de enero de 1996).  Traducción y notas de Alejandro Moreno Morrison.

SELMA, Alabama. —  A primera vista, parece un típico domingo protestante en que los feligreses se sientan repartidos entre bancas nuevas de madera, escuchando a un ministro con un traje marrón predicar sobre servir a Dios, «un Dios que está realmente cerca.»

Pero algo muy diferente, algo antiguo, está sucediendo dentro de las paredes de esta modesta iglesia de madera.  El coro y la congregación se levantan para cantar y, si bien las palabras del Salmo 95 resultan familiares, algo falta.  No hay órgano aquí en la Iglesia Presbiteriana Reformada de Selma, ni piano, guitarra ni trompeta.  Sólo se oye la voz a capela de una congregación que alaba en la tradición casi extinta de la “salmodia exclusiva.”

Estos cristianos creen que cantar sin acompañamiento los 150 salmos de la Biblia es la única forma verdadera y correcta de adorar a Dios.[1]  Para citar al sínodo de la iglesia, «Cantamos sólo salmos porque Dios no nos ha ordenado cantar nada más.»  Para los miembros de esta pequeña denominación (hay sólo 70 iglesias y menos de 6.000 miembros)[2] nunca nada ha sonado más dulce.

“El propósito es presentar una adoración que agrade a Dios, no la que nos agrada a nosotros”, nos dijo el reverendo Jerry O’Neill, presidente del Seminario Teológico Presbiteriano Reformado en Pittsburgh.  «Dios no necesita todos los instrumentos para saber que lo que está sucediendo es una alabanza verdadera.»

Los presbiterianos reformados, la mayoría de los cuales viven en Pensilvania, Nueva York, Indiana y Kansas,[3] también son conocidos como pactantes.  Con una historia que se remonta a la Escocia del siglo XVII, la Iglesia Presbiteriana Reformada moderna es quizá el miembro más conservador de su familia mundial.  Para ellos, “hay un estándar absoluto y es la Biblia”, dice O’Neill.  La iglesia data de la década de 1630 y la protesta contra la interferencia [del magistrado] civil en asuntos religiosos.[4]  El corazón de su doctrina –la Confesión de fe de Westminster– surgió en parte de esa interferencia.  Incluye la doctrina de la libertad de conciencia, que sostiene que los oficiales de la iglesia no tienen derecho a imponer prácticas y enseñanzas distintas a las contenidas en la Biblia.[5]

Cuando los autores de la Confesión llegaron a la cuestión de la música en el culto, “lo único de lo que pudieron encontrar pruebas suficientes para considerarlo una verdad absoluta fue el canto de salmos”, nos dijo John Delivuk, bibliotecario de Geneva College, cerca de Pittsburgh, y autor de varios artículos sobre historia [de la Iglesia] Presbiteriana Reformada.

Para los primeros protestantes, la prueba era bastante simple: los salmos son las palabras de Dios porque provienen de la Biblia.  Los himnos pueden ser hermosos, pero la mayoría son exhortaciones a los pecadores, no alabanzas a Dios, y todos son mera poesía humana no inspirada [por Dios].  Evidencia adicional provino de las descripciones bíblicas de la adoración de Jesús en la sinagoga: sólo se usaban los salmos.[6]  De manera similar, el uso de instrumentos musicales está excluido del servicio presbiteriano reformado porque Dios no ordena su uso en el Nuevo Testamento.

Hubo un tiempo en que los bautistas modernos, congregacionales y todas las ramas antiguas de la Iglesia Presbiteriana practicaban la salmodia exclusiva. Pero la práctica comenzó a desaparecer a mediados de los 1700s, cuando el líder de la iglesia Isaac Watts incursionó en el uso generalizado de himnos, y casi desapareció hacia 1920, nos dijo Delivuk.  Sobrevivió más tiempo en el sur conservador [de los Estados Unidos], pero hoy sólo los presbiterianos reformados y unas pocas congregaciones afines mantienen viva la tradición. 

No está claro por qué el canto de los salmos cayó en desuso.  Delivuk sospecha que el deseo de atraer nuevos miembros influyó: los salmos son difíciles de cantar y pueden no ser tan atractivos como los himnos para quienes vienen de fuera de la iglesia.  “Ha habido una presión en lo que se refiere a la adoración para decir: ‘¿Cómo podemos atraer a la gente?’ en lugar de ‘¿Cómo podemos agradar a Dios?’  Así que lo que se preguntan es qué tipo de música le gusta a la gente, qué quiere escuchar la gente,” nos dijo Delivuk.  «Están pasando por alto el hecho de que la adoración es una fiesta para Dios,» dijo.

Pero los miembros de la iglesia dicen que el canto de salmos está regresando.  O’Neill dice que la iglesia ha vendido alrededor de 20,000 de sus salterios, en su mayoría a otras denominaciones.  ¿Por qué?  Los miembros de la iglesia dicen que, si bien parecería restrictivo y austero, excluir de los servicios religiosos los himnos e instrumentos musicales atrae a algunos cristianos porque los libera para adorar a Dios en términos más espirituales.


[1] Nota del traductor: Esta es una de las aplicaciones de la doctrina bíblica conocida como el principio regulador la adoración.  Ver Lev. 10:1-2; Deu. 12:32; 1 Sam. 15:22-23; Dos sermones sobre Éxodo 32:1-33:6, episodio del becerro de oro (audios); Sermón expositivo de Éxodo Caps. 35-39, 1ª parte: El principio regulador del culto como señal de la relación pactual entre Dios y Su pueblo (audio); y Sermón temático: Soli Deo gloria (audio).  Esta enseñanza bíblica es recogida por la Confesión de fe de Westminster (CFW), sus catecismos mayor (CMaW) y menor (CMeW) y el Directorio para la adoración pública de Dios, producido también por la Asamblea de Westminster.  Este principio bíblico es afirmado varias veces en dichos documentos confesionales.  Aquí algunos ejemplos: “Todo el consejo de Dios concerniente a todas las cosas necesarias para Su propia gloria, la salvación, fe y vida del hombre está, ya sea plasmado expresamente en la Escritura, o por buena y necesaria consecuencia puede deducirse de la Escritura; a lo cual nada en ningún tiempo ha de ser añadido, ya sea por nueva revelación del Espíritu, o tradiciones de hombres” (CFW, I, 6);  “Pero la manera aceptable de adorar al Dios verdadero es instituida por Él mismo, y de tal modo limitada por Su propia voluntad revelada, de modo que no sea Él adorado de acuerdo con las imaginaciones e invenciones de hombres, o las sugerencias de Satanás, bajo ninguna representación visible, ni en ningún otro modo no prescrito en la santa Escritura…” (CFW, XXI, 1); “Los pecados prohibidos en el segundo mandamiento son, todo idear, aconsejar, mandar, usar y en cualquier forma aprobar cualquier adoración religiosa no instituida por Dios mismo…  corromper la adoración a Dios, añadiendo a ella, o quitando de ella, ya sea inventada e iniciada por nosotros mismos, o recibida por tradición de otros, aunque sea bajo el título de antigüedad, costumbre, devoción, buena intención, o por cualquier otra apariencia…” (CMaW, #109); “El segundo mandamiento prohíbe la adoración a Dios mediante imágenes, o cualquier otra forma no establecida en Su Palabra” (CMeW, #51).   

[2] Nota del traductor: Estas cifras de refieren únicamente a los Estados Unidos de América (EUA).  Asimismo, la Iglesia Presbiteriana Reformada no es la única denominación que practica la salmodía exclusiva.  En Escocia, la Iglesia Libre de Escocia (Continuadora) y la Iglesia Presbiteriana Libre practican la salmodía exclusiva; y hasta 2011, la Iglesia Libre de Escocia practicó la salmodía exclusiva.  Alrededor del mundo hay otras denominaciones, principalmente reformadas, que practican la salmodía exclusiva (ver: https://exclusivepsalmody.com/churches/).

[3] Nota del traductor: Nuevamente el artículo se refiere únicamente a EUA.  A nivel mundial, la Iglesia Presbiteriana Reformada tiene presencia, además, en Reino Unido, Irlanda, Canadá, Australia, Japón, Ch¡na, Francia, Sudán del Sur, Chile y España.  Ver: https://rpglobalalliance.org/missions/global-missions/.  

[4] Nota del traductor: Este artículo sobre Samuel Rutherford habla sobre la segunda reforma en Escocia y los pactantes: Samuel Rutherford (1600-1661) erudito, pastor, teólogo, pactante y comisionado escocés a la Asamblea de Westminster.

[5] La CFW, en su capítulo XX, “Sobre la libertad y cristiana y la libertad de conciencia,” afirma en su segundo párrafo: “Dios solo es Señor de la conciencia, y la ha dejado libre de las doctrinas y mandamientos de hombre que sean, en cualquier cosa, contrarios a Su Palabra o, adicionales a ella, en asuntos de fe o culto.  De manera que, creer tales doctrinas u obedecer tales mandamientos, por razones de conciencia, es traicionar la verdadera libertad de conciencia; y el requerir una fe implícita y una obediencia absoluta y ciega, es destruir la libertad de conciencia, y la razón también.”     

[6] Nota del traductor: Ver El culto de la sinagoga fue el modelo del culto de la Iglesia apostólica.


Ver también: Calvino sobre el principio que regula la verdadera adoración a Dios; La enseñanza bíblica sobre la adoración pública del Dios verdadero (video-conferencia – bilingual video-lecture); El «Salterio ginebrino» o «Salterio de Ginebra» en español (enlaces externos); La música en la Iglesia occidental a principios del S. XVI; Pretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatría; Calvino: El segundo mandamiento prohíbe las invenciones humanas en el culto al Dios verdadero; La espiritualidad de la verdadera adoración en el Nuevo Testamento; La luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir la manera aceptable de adorar al Señor; Brevísima historia de algunas de las primeras deformaciones en la Iglesia antigua (siglo II en adelante); Para entender la Reforma; La observancia del cuarto mandamiento en el Nuevo Testamento (video-conferencia).