Instrumento de alabanza: La dulce música de los salmos a capela

Nota periodística de la agencia de noticias Associated Press, publicada en el periódico Los Angeles Times (20 de enero de 1996).  Traducción y notas de Alejandro Moreno Morrison.

SELMA, Alabama. —  A primera vista, parece un típico domingo protestante en que los feligreses se sientan repartidos entre bancas nuevas de madera, escuchando a un ministro con un traje marrón predicar sobre servir a Dios, «un Dios que está realmente cerca.»

Pero algo muy diferente, algo antiguo, está sucediendo dentro de las paredes de esta modesta iglesia de madera.  El coro y la congregación se levantan para cantar y, si bien las palabras del Salmo 95 resultan familiares, algo falta.  No hay órgano aquí en la Iglesia Presbiteriana Reformada de Selma, ni piano, guitarra ni trompeta.  Sólo se oye la voz a capela de una congregación que alaba en la tradición casi extinta de la “salmodia exclusiva.”

Estos cristianos creen que cantar sin acompañamiento los 150 salmos de la Biblia es la única forma verdadera y correcta de adorar a Dios.[1]  Para citar al sínodo de la iglesia, «Cantamos sólo salmos porque Dios no nos ha ordenado cantar nada más.»  Para los miembros de esta pequeña denominación (hay sólo 70 iglesias y menos de 6.000 miembros)[2] nunca nada ha sonado más dulce.

“El propósito es presentar una adoración que agrade a Dios, no la que nos agrada a nosotros”, nos dijo el reverendo Jerry O’Neill, presidente del Seminario Teológico Presbiteriano Reformado en Pittsburgh.  «Dios no necesita todos los instrumentos para saber que lo que está sucediendo es una alabanza verdadera.»

Los presbiterianos reformados, la mayoría de los cuales viven en Pensilvania, Nueva York, Indiana y Kansas,[3] también son conocidos como pactantes.  Con una historia que se remonta a la Escocia del siglo XVII, la Iglesia Presbiteriana Reformada moderna es quizá el miembro más conservador de su familia mundial.  Para ellos, “hay un estándar absoluto y es la Biblia”, dice O’Neill.  La iglesia data de la década de 1630 y la protesta contra la interferencia [del magistrado] civil en asuntos religiosos.[4]  El corazón de su doctrina –la Confesión de fe de Westminster– surgió en parte de esa interferencia.  Incluye la doctrina de la libertad de conciencia, que sostiene que los oficiales de la iglesia no tienen derecho a imponer prácticas y enseñanzas distintas a las contenidas en la Biblia.[5]

Cuando los autores de la Confesión llegaron a la cuestión de la música en el culto, “lo único de lo que pudieron encontrar pruebas suficientes para considerarlo una verdad absoluta fue el canto de salmos”, nos dijo John Delivuk, bibliotecario de Geneva College, cerca de Pittsburgh, y autor de varios artículos sobre historia [de la Iglesia] Presbiteriana Reformada.

Para los primeros protestantes, la prueba era bastante simple: los salmos son las palabras de Dios porque provienen de la Biblia.  Los himnos pueden ser hermosos, pero la mayoría son exhortaciones a los pecadores, no alabanzas a Dios, y todos son mera poesía humana no inspirada [por Dios].  Evidencia adicional provino de las descripciones bíblicas de la adoración de Jesús en la sinagoga: sólo se usaban los salmos.[6]  De manera similar, el uso de instrumentos musicales está excluido del servicio presbiteriano reformado porque Dios no ordena su uso en el Nuevo Testamento.

Hubo un tiempo en que los bautistas modernos, congregacionales y todas las ramas antiguas de la Iglesia Presbiteriana practicaban la salmodia exclusiva. Pero la práctica comenzó a desaparecer a mediados de los 1700s, cuando el líder de la iglesia Isaac Watts incursionó en el uso generalizado de himnos, y casi desapareció hacia 1920, nos dijo Delivuk.  Sobrevivió más tiempo en el sur conservador [de los Estados Unidos], pero hoy sólo los presbiterianos reformados y unas pocas congregaciones afines mantienen viva la tradición. 

No está claro por qué el canto de los salmos cayó en desuso.  Delivuk sospecha que el deseo de atraer nuevos miembros influyó: los salmos son difíciles de cantar y pueden no ser tan atractivos como los himnos para quienes vienen de fuera de la iglesia.  “Ha habido una presión en lo que se refiere a la adoración para decir: ‘¿Cómo podemos atraer a la gente?’ en lugar de ‘¿Cómo podemos agradar a Dios?’  Así que lo que se preguntan es qué tipo de música le gusta a la gente, qué quiere escuchar la gente,” nos dijo Delivuk.  «Están pasando por alto el hecho de que la adoración es una fiesta para Dios,» dijo.

Pero los miembros de la iglesia dicen que el canto de salmos está regresando.  O’Neill dice que la iglesia ha vendido alrededor de 20,000 de sus salterios, en su mayoría a otras denominaciones.  ¿Por qué?  Los miembros de la iglesia dicen que, si bien parecería restrictivo y austero, excluir de los servicios religiosos los himnos e instrumentos musicales atrae a algunos cristianos porque los libera para adorar a Dios en términos más espirituales.


[1] Nota del traductor: Esta es una de las aplicaciones de la doctrina bíblica conocida como el principio regulador la adoración.  Ver Lev. 10:1-2; Deu. 12:32; 1 Sam. 15:22-23; Dos sermones sobre Éxodo 32:1-33:6, episodio del becerro de oro (audios); Sermón expositivo de Éxodo Caps. 35-39, 1ª parte: El principio regulador del culto como señal de la relación pactual entre Dios y Su pueblo (audio); y Sermón temático: Soli Deo gloria (audio).  Esta enseñanza bíblica es recogida por la Confesión de fe de Westminster (CFW), sus catecismos mayor (CMaW) y menor (CMeW) y el Directorio para la adoración pública de Dios, producido también por la Asamblea de Westminster.  Este principio bíblico es afirmado varias veces en dichos documentos confesionales.  Aquí algunos ejemplos: “Todo el consejo de Dios concerniente a todas las cosas necesarias para Su propia gloria, la salvación, fe y vida del hombre está, ya sea plasmado expresamente en la Escritura, o por buena y necesaria consecuencia puede deducirse de la Escritura; a lo cual nada en ningún tiempo ha de ser añadido, ya sea por nueva revelación del Espíritu, o tradiciones de hombres” (CFW, I, 6);  “Pero la manera aceptable de adorar al Dios verdadero es instituida por Él mismo, y de tal modo limitada por Su propia voluntad revelada, de modo que no sea Él adorado de acuerdo con las imaginaciones e invenciones de hombres, o las sugerencias de Satanás, bajo ninguna representación visible, ni en ningún otro modo no prescrito en la santa Escritura…” (CFW, XXI, 1); “Los pecados prohibidos en el segundo mandamiento son, todo idear, aconsejar, mandar, usar y en cualquier forma aprobar cualquier adoración religiosa no instituida por Dios mismo…  corromper la adoración a Dios, añadiendo a ella, o quitando de ella, ya sea inventada e iniciada por nosotros mismos, o recibida por tradición de otros, aunque sea bajo el título de antigüedad, costumbre, devoción, buena intención, o por cualquier otra apariencia…” (CMaW, #109); “El segundo mandamiento prohíbe la adoración a Dios mediante imágenes, o cualquier otra forma no establecida en Su Palabra” (CMeW, #51).   

[2] Nota del traductor: Estas cifras de refieren únicamente a los Estados Unidos de América (EUA).  Asimismo, la Iglesia Presbiteriana Reformada no es la única denominación que practica la salmodía exclusiva.  En Escocia, la Iglesia Libre de Escocia (Continuadora) y la Iglesia Presbiteriana Libre practican la salmodía exclusiva; y hasta 2011, la Iglesia Libre de Escocia practicó la salmodía exclusiva.  Alrededor del mundo hay otras denominaciones, principalmente reformadas, que practican la salmodía exclusiva (ver: https://exclusivepsalmody.com/churches/).

[3] Nota del traductor: Nuevamente el artículo se refiere únicamente a EUA.  A nivel mundial, la Iglesia Presbiteriana Reformada tiene presencia, además, en Reino Unido, Irlanda, Canadá, Australia, Japón, Ch¡na, Francia, Sudán del Sur, Chile y España.  Ver: https://rpglobalalliance.org/missions/global-missions/.  

[4] Nota del traductor: Este artículo sobre Samuel Rutherford habla sobre la segunda reforma en Escocia y los pactantes: Samuel Rutherford (1600-1661) erudito, pastor, teólogo, pactante y comisionado escocés a la Asamblea de Westminster.

[5] La CFW, en su capítulo XX, “Sobre la libertad y cristiana y la libertad de conciencia,” afirma en su segundo párrafo: “Dios solo es Señor de la conciencia, y la ha dejado libre de las doctrinas y mandamientos de hombre que sean, en cualquier cosa, contrarios a Su Palabra o, adicionales a ella, en asuntos de fe o culto.  De manera que, creer tales doctrinas u obedecer tales mandamientos, por razones de conciencia, es traicionar la verdadera libertad de conciencia; y el requerir una fe implícita y una obediencia absoluta y ciega, es destruir la libertad de conciencia, y la razón también.”     

[6] Nota del traductor: Ver El culto de la sinagoga fue el modelo del culto de la Iglesia apostólica.


Ver también: Calvino sobre el principio que regula la verdadera adoración a Dios; La enseñanza bíblica sobre la adoración pública del Dios verdadero (video-conferencia – bilingual video-lecture); El «Salterio ginebrino» o «Salterio de Ginebra» en español (enlaces externos); La música en la Iglesia occidental a principios del S. XVI; Pretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatría; Calvino: El segundo mandamiento prohíbe las invenciones humanas en el culto al Dios verdadero; La espiritualidad de la verdadera adoración en el Nuevo Testamento; La luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir la manera aceptable de adorar al Señor; Brevísima historia de algunas de las primeras deformaciones en la Iglesia antigua (siglo II en adelante); Para entender la Reforma; La observancia del cuarto mandamiento en el Nuevo Testamento (video-conferencia).

La Reforma antes y aparte de Lutero

Por Alejandro Moreno Morrison

Versión revisada (en formato PDF) de la presentación PowerPoint usada el sábado 28 de octubre de 2023, en la Iglesia Príncipe de Paz (Iglesia Nacional Presbiteriana de México), de Torreón, Coahuila, México.

Esta conferencia comienza con el crecimiento del papado y las deformaciones que se derivaron del mismo, para luego hacer un breve repaso del inicio de la Reforma con los valdenses y John Wycliffe hasta la llegada de Juan Calvino a Ginebra, mostrando la independencia que tuvo esta Reforma de la Reforma luterana.

Esta conferencia es continuación de la conferencia Brevísima historia de algunas de las primeras deformaciones en la Iglesia antigua (siglo II en adelante).

Ver también: Para entender la Reforma; Presbiterianismo en la primera reforma en Inglaterra; The Lovely Italian Princess & the Erudite Spanish Reformer: Giulia Gonzaga & Juan De Valdés in the 16th century Reformation; Calvino sobre el principio que regula la verdadera adoración a Dios; Calvino: El segundo mandamiento prohíbe las invenciones humanas en el culto al Dios verdadero; Sobre la liturgia ginebrina de Juan Calvino para la celebración de la Cena del Señor; Casiodoro de Reina sobre los sacramentos de la Iglesia cristiana; Origen tardío (no apostólico) de la doctrina de la transubstanciación, y temprana oposición a la misma; Pretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatría; La enseñanza bíblica sobre la adoración pública del Dios verdadero (video-conferencia – bilingual video-lecture); La luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir la manera aceptable de adorar al Señor; La espiritualidad de la verdadera adoración en el Nuevo Testamento; Nulidad de los oficios eclesiásticos no prescritos en la Biblia; La música en la Iglesia occidental a principios del S. XVI; Sermón temático: Soli Deo gloria (audio); Dos sermones sobre Éxodo 32:1-33:6, episodio del becerro de oro (audios); Sermón expositivo de Éxodo Caps. 35-39, 1ª parte: El principio regulador del culto como señal de la relación pactual entre Dios y Su pueblo (audio).

Alejandro Moreno Morrison es un abogado y teólogo reformado de nacionalidad mexicana. Obtuvo el título de Abogado por la Escuela Libre de Derecho (Ciudad de México) y la maestría (Master of Arts in Biblical Studies, MABS) por el Reformed Theological Seminary (EUA); parte de esos estudios de maestría los cursó en la Universidad de Oxford (Reino Unido).En Reformed Theological Seminary fue asistente del Rev. Dr. Richard L. Pratt (Antiguo Testamento), y del Rev. Dr. Ronald H. Nash (Filosofía).Ha ministrado como maestro de doctrina cristiana y Biblia y como predicador invitado en diversas iglesias y misiones de varias denominaciones incluyendo la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana Conservadora de México, la Presbyterian Church of America, la Presbyterian Church of Ireland y la Reformed Presbyterian Church, North America Synod. Con esta última estuvo a cargo de una misión durante 2014.También ha sido profesor invitado de Teología Sistemática, Ética, Evangelismo, y Apologética en el Seminario Teológico Reformado de la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, de Sistemas Políticos Contemporáneos en la Facultad de Derecho de la UNAM (México), y de Derecho Corporativo del Global Startup Lab for Mexico del Massachusetts Institute of Technologies.Desde 2010 es profesor adjunto de Filosofía del Derecho en la Escuela Libre de Derecho.

Brevísima historia de algunas de las primeras deformaciones en la Iglesia antigua (siglo II en adelante)

Por Alejandro Moreno Morrison.

Versión revisada (en formato PDF) de la presentación PowerPoint usada el sábado 28 de octubre de 2023, en la Iglesia Príncipe de Paz (Iglesia Nacional Presbiteriana de México), de Torreón, Coahuila, México.

En esta conferencia se analizan las presiones deformadoras que comenzaron a acosar a la Iglesia desde la era apostólica y la respuesta apostólica contra ellas; el concepto paulino de ethelothreskia (religión que nace de la voluntad humana y no de la de Dios), la falsa piedad como ejemplo de ethelothreskia y como fuente de las primeras deformaciones adoptadas por la Iglesia del S. II, el principio regulador de la adoración, las deformaciones introducidas a la Iglesia tras la «conversión» del emperador Constantino, y otras deformaciones introducidas a la Iglesia antes de la Edad Media.

Esta conferencia es la continuación de la conferencia Para entender la Reforma.

Ver también: Para entender la Reforma; El culto de la sinagoga fue el modelo del culto de la Iglesia apostólica; La música en la Iglesia occidental a principios del S. XVI; Origen tardío (no apostólico) de la doctrina de la transubstanciación, y temprana oposición a la misma; Calvino sobre el principio que regula la verdadera adoración a Dios; Pretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatría; La luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir la manera aceptable de adorar al Señor; Instrumento de alabanza: La dulce música de los salmos a capela; Apocalipsis 9:13-21 (La sexta trompeta): Sugerencias para reflexionar y aplicar a nuestras vidas; Calvino: El segundo mandamiento prohíbe las invenciones humanas en el culto al Dios verdadero; Sermón temático: Soli Deo gloria (audio); Dos sermones sobre Éxodo 32:1-33:6, episodio del becerro de oro (audios); La espiritualidad de la verdadera adoración en el Nuevo Testamento; La enseñanza bíblica sobre la adoración pública del Dios verdadero (video-conferencia – bilingual video-lecture); Presbiterianismo en la primera reforma en Inglaterra; Casiodoro de Reina sobre los sacramentos de la Iglesia cristiana.

Alejandro Moreno Morrison es un abogado y teólogo reformado de nacionalidad mexicana. Obtuvo el título de Abogado por la Escuela Libre de Derecho (Ciudad de México), y el grado de Master of Arts in Biblical Studies por el Reformed Theological Seminary; parte de esos estudios de maestría los cursó en la Universidad de Oxford. En el Reformed Theological Seminary fue asistente del Rev. Dr. Richard L. Pratt (Antiguo Testamento), y del Rev. Dr. Ronald H. Nash (Filosofía). Ha ministrado como maestro de doctrina cristiana y Biblia y como predicador en diversas iglesias y misiones de varias denominaciones incluyendo la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana Conservadora de México, la Presbyterian Church of America, la Presbyterian Church of Ireland, la Reformed Presbyterian Church North America Synod. Con esta última estuvo a cargo de una misión durante 2014. También ha sido profesor invitado de Teología Sistemática, Ética, Evangelismo, y Apologética en el Seminario Teológico Reformado de la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, de Sistemas Políticos Contemporáneos en la Facultad de Derecho de la UNAM (México), y de Derecho Corporativo del Global Startup Lab for Mexico del Massachusetts Institute of Technologies. Desde 2010 es profesor adjunto de Filosofía del Derecho en la Escuela Libre de Derecho.

Calvino sobre el principio que regula la verdadera adoración a Dios

Fragmentos del libro The Need of Reforming the Church (Dallas, TX: Protestant Heritage Press, 1995),[1] pp. 17-18, 23, 49-50, 93-94, 95-97. Traducción: Alejandro Moreno Morrison.


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Más aún, la regla que distingue entre la adoración pura y la viciada es de aplicación universal, a fin de que no adoptemos ninguna invención que nos parezca adecuada a nosotros mismos, sino que miremos a las órdenes de Aquél quien es el único con derecho a prescribir.  Por lo tanto, si queremos que Él apruebe nuestro culto, esta regla, que es hecha valer en todos lados de manera muy estricta, debe ser observada cuidadosamente.  Pues hay una razón doble por la que el Señor, al condenar y prohibir todo culto ficticio, requiere de nosotros dar obediencia solamente a Su propia voz.  Primero, porque tiende grandemente a establecer Su autoridad de manera que no sigamos nuestro propio gusto, sino dependamos enteramente de su soberanía; y, segundo, tal es nuestra necedad, que cuando somos dejados en libertad, todo lo que podemos hacer es desviarnos.  Y una vez que nos hemos desviado del camino recto, no hay fin en nuestro vagar, hasta que terminamos sepultados bajo una multitud de supersticiones.  Con justicia, entonces, el Señor, a fin de afirmar su pleno derecho de dominio, estrictamente ordena lo que desea que hagamos, e inmediatamente rechaza toda invención humana que varie de su mandamiento.  Con justicia,

[Página 18:]

también, en términos expresos, define nuestros límites, para que no provoquemos su ira contra nosotros, fabricando modos perversos de adoración

Sé cuán difícil es persuadir al mundo de que Dios desaprueba todos los modos de adoración no expresamente sancionados por Su Palabra.  La persuasión opuesta que se aferra a ellos, estando asentada, por así decirlo, en sus huesos y tuétano, es que cualquier cosa que hagan tiene en sí misma una sanción suficiente, siempre que exhiba alguna clase de celo por el honor de Dios.  Pero por cuanto Dios no solamente considera infructuoso, sino que también de plano abomina cualquier cosa que por celo emprendamos para su adoración, si no es conforme con su mandamiento, ¿qué ganamos con ir en contra?  Las palabras de Dios son claras e inequívocas: “Obedecer es mejor que el sacrificio.” “En vano me honran, enseñando como doctrinas, mandamientos de hombres,” (1 Sam. 15:22; Mat. 15:9).  Cada adición a Su Palabra, especialmente en este asunto, es una mentira.  El mero “culto arbitrario” (ethelothreskia)* es vanidad.  Esta es la sentencia, y una vez que el juez ha decidido ya no es tiempo de debatir.

[Página 23:]

Habiendo observado que la palabra de Dios es la prueba que discrimina entre Su verdadera adoración y aquella que es falsa y viciada, entonces fácilmente inferimos que la totalidad de la forma de culto divino en uso general hoy en día no es más que mera corrupción.  Pues los hombres no tienen respeto a lo que Dios ha ordenado o a lo que aprueba, a fin de servirlo de una manera apropiada, sino que asumen para sí una licencia para inventar modos de adoración que luego le imponen a Dios como sustituto a la obediencia…

[Página 49:]

No desconozco lo difícil que es persuadir al mundo que Dios rechaza y aun abomina todo lo relacionado con su culto que es inventado por la razón humana.  El engaño en este rubro se debe a varias causas: “Todos tienen un alto concepto de sí mismos,” como lo expresa el antiguo proverbio.  De ahí que el fruto de nuestro propio cerebro nos deleite, y además, como Pablo lo admite, esta adoración ficticia a menudo se presenta con una apariencia de sabiduría [Col. 2:23].  Entonces, como en su mayoría tiene un esplendor externo que complace al ojo, es más agradable a nuestra naturaleza carnal, que aquello que Dios solo requiere y aprueba, pero que es menos ostentoso.  Pero no hay nada que ciegue tanto el entendimiento de los hombres, y los desvíe en sus juicios en este asunto, como la hipocresía.  Puesto que, siendo que es deber de los verdaderos adoradores dar el corazón y la mente, los hombres están siempre deseosos de inventar un modo de servir a Dios de una

[Página 50:]

descripción totalmente diferente, siendo su objeto llevar a cabo ciertas costumbres corporales, y guardarse la mente para sí mismos.  Más aún, imaginan que cuando le imponen pompa externa, han, por este artificio, evadido la necesidad de darse a sí mismos.  Y esa es la razón por la que se someten a innumerables costumbres que los fatigan miserablemente sin medida y sin fin, y la razón por la que eligen vagar en un perpetuo laberinto, en lugar de adorar a Dios de manera sencilla en espíritu y en verdad. 

[Página 93:]

…Nuestros oponentes… consideran casi superflua una disputa acometida para la gloria de Dios y la salvación de los hombres.  Pues no es cierto… que disputemos acerca de una sombra inútil.  Lo que está de por medio es la totalidad de la sustancia de la religión cristiana.  Si no hubiera nada más de por medio, es la eterna e inviolable verdad de Dios – verdad respecto de la cual Él ha dado tantos testimonios ilustres, por cuya confirmación tantos santos profetas y tantos mártires han enfrentado la muerte, verdad anunciada y testificada por el mismísimo Hijo de Dios,

[Página 94:]

y en última instancia sellada con Su Sangre. ¿Es esa verdad de tan poco valor, que puede ser pisoteada, mientras nosotros nos quedamos mirando y en silencio?

[Página 95:]

Cuando… la divina gloria fue contaminada, o más bien lacerada, de tantas maneras, ¿no hubiera sido deslealtad si lo hubiésemos pasado por alto o hubiésemos guardado silencio?  Un perro, viendo cualquier violencia contra su amo, ladrará instantáneamente; ¿podíamos nosotros, en

[Página 96:]

silencio, ver que el nombre de Dios es deshonrado o blasfemado?  En ese caso, ¿cómo podía haberse dicho “Los denuestos de los que te vituperaban cayeron sobre mí”?  (Sal. 69:9). 

La burla que adora a Dios con nada más que gestos externos y absurdas ficciones humanas, ¿cómo podíamos nosotros, sin pecar, permitir que pasara sin reprensión?  Sabemos cuánto odia Él la hipocresía, y aun así en ese culto ficticio, que estaba en uso en todos lados, la hipocresía reinaba.  Escuchamos cuán amargos son los términos en los que los profetas atacan toda adoración fabricada por la temeridad humana.  Pero una buena intención – esto es, una instancia del libertinaje de atreverse a lo que sea que le agrade al hombre – fue considerada la perfección de la adoración.  Pues es cierto que en todo el cuerpo de adoración que fue establecido, escasamente había algún acto que gozara de sanción de la autoritativa Palabra de Dios. 

No debemos en este asunto tomar una posición por nuestro propio juicio o por el juicio de otros.  Debemos oír la voz de Dios y escuchar cómo evalúa la profanación de la adoración que se presenta cuando los hombres, traspasando los límites de Su Palabra, se desenfrenan en sus propias invenciones.  Las razones por las que asigna como castigo a los israelitas la ceguera, después de haber perdido la disciplina piadosa y santa de la iglesia, son dos, a saber, la prevalencia de la hipocresía, y el culto arbitrario (ethelothreskia), con lo que se refiere a una forma de adoración ideada por el hombre:  “Dice, pues, el Señor: Porque este pueblo se acerca a mí con su boca, y con sus labios me honra, pero su corazón está lejos de mí, y su temor de mí

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no es más que un mandamiento de hombres que les ha sido enseñado; por tanto, he aquí que nuevamente excitaré yo la admiración de este pueblo con un prodigio grande y espantoso; porque perecerá la sabiduría de sus sabios, y se desvanecerá la inteligencia de sus entendidos.  (Isaías 29:13-14).  Cuando Dios nos levantó, una perversidad similar o peor dominaba abiertamente a lo largo de la Iglesia.  ¿Íbamos entonces a quedarnos sentados y callados mientras Dios estaba tronando desde el cielo?

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Ver también: Calvino: El segundo mandamiento prohibe las invenciones humanas en el culto al Dios verdadero; Pretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatría; La enseñanza bíblica sobre la adoración pública del Dios verdadero (video-conferencia – bilingual video-lecture); La luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir la manera aceptable de adorar al Señor; La espiritualidad de la verdadera adoración en el Nuevo Testamento; El culto de la sinagoga fue el modelo del culto de la Iglesia apostólica; Sermón expositivo de Éxodo Caps. 35-39, 1ª parte: El principio regulador del culto como señal de la relación pactual entre Dios y Su pueblo (audio); Dos sermones sobre Éxodo 32:1-33:6, episodio del becerro de oro (audios); La música en la Iglesia occidental a principios del S. XVI; Dios está airado con quienes no usan bien la luz del evangelio; Sermón temático: Soli Deo gloria (audio); Para entender la Reforma; Brevísima historia de algunas de las primeras deformaciones en la Iglesia antigua (siglo II en adelante).


* Esta es la palabra griega que Pablo usa en Colosenses 2:23 para referirse a los actos religiosos de invención humana.

[1] Traducción al español: Juan Calvino, La necesidad de reformar la Iglesia (Landmark Project Press, 2009).  Escrito originalmente en 1544 con motivo de la convocatoria a la Dieta de Espira por el Emperador Carlos V.

Sermón temático: Soli Deo gloria (audio)

Por Alejandro Moreno Morrison.

Enlace al archivo de audio: Sermón: Soli Deo gloria (AMM, Oct. 30, 2016).

Sermón predicado el domingo 30 de octubre de 2016, en la misión “Monte Sión” (Iglesia Nacional Presbiteriana de México), de la Ciudad de México.

Lecturas del culto:

  • Salmo 29
  • Levítico 10:1-11
  • Efesios 1:1-14

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Ver también: Calvino sobre el principio que regula la verdadera adoración a DiosLa enseñanza bíblica sobre la adoración pública del Dios verdadero (video-conferencia); Instrumento de alabanza: La dulce música de los salmos a capela; La música en la Iglesia occidental en tiempos previos a la ReformaSalmo 100 (para canto congregacional)Salmo 67 (para canto congregacional)Invocar el nombre de Jehová (Génesis 4:26)Puritanismo como un movimiento de avivamiento, 1 (a)La espiritualidad del culto público en la Iglesia del Nuevo TestamentoLa luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir el culto (texto en imagen JPG)Dos sermones sobre Éxodo 32:1-33:6, episodio del becerro de oro (audios)Sermón expositivo de Éxodo Caps. 35-39, 1ª parte (audio)Sermón expositivo de Génesis 4:26, antecedente AT de invocar el nombre del Señor (audio)El 2º mandamiento prohibe las imágenes (aunque sean sólo para fines didácticos y de ornamento) — “Catecismo de Heidelberg” y comentario de UrsinoContraste entre los linajes de Caín (simiente de la serpiente) y de Set (simiente de la mujer)El “Salterio ginebrino” o “Salterio de Ginebra” en españolPretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatríaEl culto de la sinagoga como modelo del culto de la Iglesia apostólica.

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Alejandro Moreno Morrison, de nacionalidad mexicana, es un abogado y teólogo reformado.  Fue educado en la Escuela Libre de Derecho (México), el Reformed Theological Seminary Orlando, y la Universidad de Oxford.  En el Reformed Theological Seminary Orlando fue asistente del Rev. Dr. Richard L. Pratt, y del Rev. Dr. Ronald H. Nash.  Ha ministrado como maestro de doctrina cristiana y Biblia y como predicador en diversas iglesias y misiones de varias denominaciones incluyendo la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana Conservadora de México, la Presbyterian Church in America, la Presbyterian Church of Ireland, y la Reformed Presbyterian Church North America Synod.  Con esta última estuvo a cargo de una misión durante 2014.  También ha sido profesor invitado de Teología Sistemática, Ética, Evangelismo, y Apologética en el Seminario Teológico Reformado de la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, y de Sistemas Políticos Contemporáneos en la Facultad de Derecho de la UNAM (México).  Desde 2010 es profesor adjunto de Filosofía del Derecho en la Escuela Libre de Derecho.

La espiritualidad de la verdadera adoración en el Nuevo Testamento

Iain H. Murray, «The Directory for Public Worship,» en John L. Carson & David W. Hall, eds., To Glorify and Enjoy God.  A Commemoration of the Westminster Assembly (Carlisle: Banner of Truth, 1994), pp. 182-183.

La adoración de donde las iglesias reformadas comenzaron a emerger en el tiempo de la Reforma era una adoración que ponía mucho énfasis en lo físico y externo.  Los requisitos de la iglesia eran satisfechos si las personas iban a los edificios consagrados para tener ceremonias, para escuchar música y para participar de los sacramentos.  Cuanto más bellas las vestimentas, las iglesias, y la música,* se tenía por más maravillosa la adoración.[1]  La adoración a la que el Directorio [para la adoración pública de Dios, preparado por la Asamblea de Westminster] apunta no es meramente una modificación de esa visión; es una reversión total de ella.  Vestimentas, música, edificios, todo ello desaparece.  Ni siquiera son mencionados.  La gloria de la verdadera adoración, afirma, consiste en gozar de la presencia de Dios.  La adoración medieval se había vuelto a lo material, lo visual y lo simbólico, porque había perdido la verdad de que los creyentes ahora tenemos “libertad para entrar en el Lugar Santísimo por la sangre de Jesucristo” (Heb. 10:19).  “Porque por medio de él los unos y los otros tenemos entrada por un mismo Espíritu al Padre” (Efe. 2:18).  Es, dice John Flavel, «cuando el Señor derrama su Espíritu con la Palabra,” que “la voz de Cristo es escuchada con efecto; las ordenanzas impregnadas con eficacia convincente y de conversión.”[2]

Los puritanos entendían, por supuesto, que este privilegio no estaba en manera alguna limitado a las reuniones colectivas—la adoración no depende ni de sacerdote ni de santuario.  Creían que las más ricas bendiciones son generalmente comunicadas a los creyentes en tanto se reúnen en observancia de los medios de gracia que Cristo ha instruído:

De manera que la presencia de Dios, la cual, gozada en privado, no es sino un arroyo, en público se vuleve un río que alegra a la ciudad de Dios.[3]

Los afectos están más vivos, los espíritus son más elevados en público que en privado; Dios honrará sus propias ordenanzas.[4]

Este principio de la adoración en el Espíritu abre una gran campo para la discusión.  No obstante, el punto que quiero enfatizar es el que a menudo es hecho en las discusiones contemporáneas sobre el llamado a hacer cambios en el culto.  “Participación” es una gran palabra.  Se dice que las personas deberían dejar de ser observadores pasivos y meros escuchas en los servicios; necesitan ser “participantes.”  Es un buen punto y los puritanos estarían enteramente de acuerdo.  Empero hay una diferencia fundamental entre lo que significaba para ellos y lo que significa para los voceros modernos.  El llamado contemporáneo a la participación corre el peligro real de regresar a lo externo, lo físico, y lo visual.  Para los puritanos, lo que hace verdadera la participación es la influencia del Espíritu Santo, el único que puede unir corazones y ayudar a la congregación a ofrecer “oración y súplica en el Espíritu” (Efe. 6:18).  Es cuando hay un despertar unido de las gracias interiores de la fe y la reverencia, del amor y la adoración, que hay verdadera participación en el culto público.  Nuestra presencia corporal y acciones en un servicio no son en sí mismas nada; puede ser que hasta aumenten nuestra condenación como sucedió con los judíos incrédulos.[5]  Debemos estar “fervientes en espíritu,” o “silbando de calor,” para usar una frase puritana.  “El reino de Dios,” dice el apóstol, no está en nada externo sino en “justicia, paz, y gozo en el Espíritu Santo” (Rom. 14:17).

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* Nota editorial: Ver, por ejemplo: La música en la Iglesia occidental en tiempos previos a la Reforma.

[1] J. C. Ryle dice acerca “la adoración probada por la Iglesia de Roma por siglos antes de la Reforma”: “Llenó la tierra con superstición, ignorancia, formalismo, e inmortalidad.  No consoló a nadie, no elevó a nadie, no asistió a nadie hacia el cielo.” Knots United (London, 1896), p. 355.

[2] Works of John Flavel (London, 1824; Banner of Truth reprint, 1968), vol. 4, p. 184.

[3] David Clarkson, Practical Works (Edinburgh, 1865; Banner of Truth reprint, 1988), vol. 3, p. 190.

[4] Complete Works of Stephen Charnock (Edinburgh: James Nichol, 1864), vol. 1, p. 297.

[5] “Millares,” escribe Ryle, “pasan regularmente sus domingos en una adoración que es en extremo inútil . . .  Pues cualquier bien que obtienen de ella, es como si se quedaran sentados en casa.”  Knots United, p. 344.  “La perversidad inherente de la naturaleza humana es tal que nuestras mentes están demasiado prestas para dale la espalda a las cosas espirituales hacia la cosas visibles.”  Ibid., p. 353.  Sobre este último asunto ver John Owen, “The Nature and Beauty of Gospel Worship,” Works, vol. 9, pp. 53-84.

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Traducción: Alejandro Moreno Morrison.

El Rev. Iain H. Murray fue asistente del Dr. D. Martyn Lloyd-Jones en Westminster Chapel en Londres, y posteriormente pastoreó iglesias en Inglaterra y Australia.  Es co-fundador y Director Editorial de The Banner of Truth Trust y autor de varios libros y artículos sobre historia de la Reforma, y sobre la teología y práctica Reformadas.

Ver también: Calvino sobre el principio que regula la verdadera adoración a Dios; Instrumento de alabanza: La dulce música de los salmos a capela; El culto de la sinagoga fue el modelo del culto de la Iglesia apostólicaOración por toda la Iglesia de Cristo (usada por la congregación angloparlante en Ginebra, en tiempos de Calvino y Knox)Las oraciones públicas, colectivas, comúnes, o litúrgicas en la práctica reformadaJuan Calvino acerca de las oraciones públicas, litúrgicas (o al unísono) de la Iglesia en el culto públicoLa observancia del cuarto mandamiento en el Nuevo Testamento (video-conferencia)La enseñanza bíblica sobre la adoración pública del Dios verdadero (video-conferencia)Sobre la liturgia ginebrina de Juan Calvino para la celebración de la Cena del SeñorSermón expositivo de Hechos 2:1-4 (audio); Puritanismo como un movimiento de avivamiento, 1 (a)¿Cómo eran los puritanos originales?Presbiterianismo en la primera reforma en Inglaterra; La luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir el culto (texto en imagen JPG)Dos sermones sobre Éxodo 32:1-33:6, episodio del becerro de oro (audios)La música en la Iglesia occidental en tiempos previos a la ReformaSamuel Rutherford (1600-1661) erudito, pastor, teólogo, pactante y comisionado escocés a la Asamblea de WestminsterSermón expositivo de Éxodo Caps. 35-39, 1ª parte (audio)El 2º mandamiento prohibe las imágenes (aunque sean sólo para fines didácticos y de ornamento) — “Catecismo de Heidelberg” y comentario de UrsinoSermón temático: Soli Deo gloria (audio)Pretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatría; Dios está airado con quienes no usan bien la luz del evangelio; De los sacramentos de la Iglesia cristiana.

La enseñanza bíblica sobre la adoración pública del Dios verdadero (video-conferencia – bilingual video-lecture)

Por Maurice Roberts.

The Biblical Teaching on the Public Worship of the True God (English-Spanish bilingual video-lecture) by the Rev. Maurice Roberts.

En junio de 2014, el Rev. Maurice Roberts hizo una visita a México para dar conferencias en seminarios e iglesias en Tampico, Tamaulipas, en Mérida, Yucatán, y en la Ciudad de México. Gracias a los buenos oficios del Rev. Kenneth Stewart, ministro de la Iglesia Presbiteriana Reformada de Escocia en Glasgow, el Rev. Roberts muy amablemente hizo espacio en su ocupada agenda para hablar en una naciente obra misionera en el poniente de la Ciudad de México.

El Rev. Maurice Roberts nació en Chester, Inglaterra, y fue educado en la Universidad de Durham (Inglaterra).  Después de ser profesor de matemáticas, griego y latín en escuelas secundarias en Inglaterra y Escocia, estudió teología en el Colegio de la Iglesia Libre de Escocia en Edimburgo.  Ha pastoreado iglesias desde 1974; también fue editor de la revista Banner of Truth de 1988 a 2003, y es autor de varios libros.  Desde 1994 ha sido ministro de la congregación Greyfriars de la Iglesia Libre de Escocia (Continuadora) en Inverness.

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Ver también: Calvino sobre el principio que regula la verdadera adoración a Dios; Calvino: El segundo mandamiento prohibe las invenciones humanas en el culto al Dios verdadero; The Synagogue’s Worship Was the Model for the Worship of the Apostolic Church; La observancia del cuarto mandamiento en el Nuevo TestamentoEl “Salterio ginebrino” o “Salterio de Ginebra” en español; Instrumento de alabanza: La dulce música de los salmos a capelaSalmo 67 (para canto congregacional); El culto de la sinagoga fue el modelo del culto de la Iglesia apostólica; Identidad confesional: Estándares de WestminsterLa música en la Iglesia occidental en tiempos previos a la ReformaSalmo 100 (para canto congregacional); Sobre la liturgia ginebrina de Juan Calvino para la celebración de la Cena del SeñorOración por toda la Iglesia de Cristo usada por la congregación angloparlante en Ginebra, en tiempos de Calvino y KnoxLas oraciones públicas, colectivas, comúnes, o litúrgicas en la práctica reformadaLas oraciones públicas, litúrgicas (o al unísono) de la Iglesia en el culto públicoLa Cena del SeñorOrigen tardío de la doctrina de la transubstanciación, y temprana oposición a la mismaSobre los medios de graciaLa fe de los estatistasInvocar el nombre de Jehová (Génesis 4:26)El Hijo del Hombre es Señor del Día de Reposo (Marcos 2:28)Sobre la visión puritana del día domingoNulidad de los oficios eclesiásticos no prescritos en la BibliaPuritanismo como un movimiento de avivamiento, 1 (a)¿Cómo eran los puritanos originales?La espiritualidad del culto público en la Iglesia del Nuevo Testamento; La luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir la manera aceptable de adorar al SeñorPretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatría.

El «Salterio ginebrino» o «Salterio de Ginebra» en español (enlaces externos)

Letras y partituras de las melodías.

Enlace al texto en español (metrificado por el Rev. Jorge Ruiz) del «Salterio ginebrino»

El salterio ginebrino: Letras y partituras (enlace externo)

Enlace a las partituras de las melodías del Salterio Ginebrino (con letra en inglés)

Lo que ha dicho san Agustín es cierto, que nadie puede cantar cosas dignas de Dios excepto aquello que ha recibido de Él mismo. Por lo tanto, cuando hemos mirado minuciosamente, y buscado aquí y allá, no encontraremos mejores cantos ni más aptos para el propósito, que los Salmos de David, los cuales el Espíritu Santo habló e hizo por medio de él. Y más aún, cuando los cantamos, estamos ciertos de que Dios pone estos en nuestras bocas, como si Él mismo estuviese cantando en nosotros para exaltar Su gloria.
–  –  Juan Calvino, Prefacio al Salterio ginebrino.

Salterio (español) salterio de Ginebra, Ed. Faro de Gracia

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Ver también: Calvino sobre el principio que regula la verdadera adoración a Dios; Sermón temático: Soli Deo gloria (audio)Pretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatríaLa música en la Iglesia occidental en tiempos previos a la ReformaLa enseñanza bíblica sobre la adoración pública del Dios verdadero (video-conferencia); Instrumento de alabanza: La dulce música de los salmos a capelaSalmo 67 (para canto congregacional)La luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir el culto (texto en imagen JPG)Salmo 100 (para canto congregacional)La espiritualidad de la verdadera adoración en el Nuevo TestamentoSobre la liturgia ginebrina de Juan Calvino para la celebración de la Cena del SeñorOración por toda la Iglesia de Cristo (usada por la congregación angloparlante en Ginebra, en tiempos de Calvino y Knox)Las oraciones públicas, colectivas, comúnes, o litúrgicas en la práctica reformadaJuan Calvino acerca de las oraciones públicas, litúrgicas (o al unísono) de la Iglesia en el culto públicoPuritanismo como un movimiento de avivamiento, 1 (a)Sermón expositivo de Éxodo Caps. 35-39, 1ª parte (audio)Sermón expositivo del Salmo 67 (audio).

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Salmo 67 (para canto congregacional)

Letra metrificada en español por Alejandro Moreno Morrison.

Partitura con letra (PDF): AMM. Salmo 67 con partitura melodía Jerusalem, tamaño carta (rev. 2016)

Enlace al Archivo MIDI de la melodía Jerusalem

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Ver también:  Sermón expositivo del Salmo 67 (audio); La enseñanza bíblica sobre la adoración pública del Dios verdadero (video-conferencia)Amplicación en el Nuevo Testamento de la noción judía del Reino de Dios y de Jerusalén como su sedeEl “Salterio ginebrino” o “Salterio de Ginebra” en españolEste mundo está lleno del poder redentor de DiosEl evangelio y las misionesLa profecía de Noé (Gen. 9:25-27) y su cumplimiento en el Nuevo TestamentoLa proclamación del reino en los evangelios sinópticos (incluyendo el significado de las parábolas del reino en Mateo 13 y Marcos 4)El reino universal del Mesías (Salmo 72:8-11)La historia de la redención: Del protoevangelio al reinado universal del MesíasSalmo 100 (para canto congregacional)El reino del Mesías y Su Iglesia.

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Nota editorial: Escribí la primera versión de esta metrificación en español del Salmo 67 en 2009, y se la mostre a mi querido amigo el Pbro. Dr. Gerald Nyenhuis.  Él me comentó que era su salmo favorito, y que era el salmo por el que había sentido el llamamiento del Señor para ser misionero.  Me pidió que le enviara la letra  los encargados de la música en la Iglesia Presbiteriana Berith (donde fue pastor por tres décadas y media en la Ciudad de México).  En aquella ocasión no contaba con una partitura simplificada de esta melodía para canto congregacional.  En el documento donde envié la letra escribí esta nota dedicatoria para aquella primera versión:

Con gratitud a nuestro Dios por el fructífero ministerio misionero del Pbro. Dr. Gerald Nyenhuis en México

Posteriormente, hice varios cambios a la letra en 2014, y la añadí a una partitura de la melodía seleccionada (Jerusalem, de Charles H. H. Parry) arreglada para canto congregacional.  Durante 2014, cantamos a capella dicha versión del Salmo 67 en una pequeña misión que tuve a mi cargo en la Ciudad de México.  Volví a hacerle cambios en 2016, con el afán de apegarme lo más fielmente al texto bíblico hebreo y usar lenguaje lo más parecido al de la versión Reina-Valera de la Biblia.

El pastor Nyenhuis está ya gozando de la presencia del Señor, y sus obras con él siguen (Apocalipsis 13:14).  Así que la dedicatoria de esta versión revisada de la metrificación en español del Salmo 67 sigue siendo la misma, pues sigo estando agradecido al Señor por la vida y ministerio misionero en México de mi amigo el Dr. Nyenhuis.

La música en la Iglesia occidental a principios del S. XVI

Por: Alejandro Moreno Morrison.

Hay quienes piensan, erróneamente, que durante la llamada Edad Media y el Renacimiento no había mucha música en las iglesias europeas, o que toda la música usada en las iglesias era lenta, monótona, ritual, “demasiado” reverente (como si tal cosa fuera posible), o «aburrida.»  La evidencia histórica, no obstante, demuestra lo contrario.

La corrupción o deformación que sufrió la Iglesia occidental durante la Edad Media afectó también a la música que era usada en los cultos supuestamente para la adoración de Dios.  Hacia el inicio del S. XVI, la situación en la composición coral y el canto en las iglesias era caótica:

…se desencadenó una orgía licenciosa de música.  Era difícil explicar con reverencia lo que pasó…  Ha sido descrito por los contemporáneos de aquella época que lo sufrieron, y si la mitad de lo que dicen es cierto, debe haber sido como un rag-time desquiciado.[1]

Henry Bruinsma, antiguo profesor de Música en Calvin College, nos da esta descripción de la música en la Iglesia a principios del S. XVI:

La música para muchas de las misas, cantada a cuatro o más voces por el coro, era muy a menudo basada en una canción popular secular.  Por ejemplo, hubo más de treinta misas escritas durante el S. XVI basadas en la melodía popular L’Homme Arme’ (El hombre armado).  Mientras una voz cantaba la melodía original con la letra secular, las otras voces cantaban elaboradas contra-melodías con letras religiosas.[2]

Indirectamente, el reformador Ulrico Zuinglio también da testimonio del caos que prevalecía en el culto de las iglesias en su documento Sesenta y siete conclusiones (las tesis de Reforma presentadas en 1523 por Zuinglio para el primer debate público sobre la Reforma de la Iglesia, auspiciado por el Gran Consejo de Zúrich):

zuinglio-u-adoracion-verdadera-y-falsa

¿No es el cuadro hasta aquí descrito muy parecido a lo que la lucrativa industria de la llamada “música cristiana contemporánea” ha estado vendiéndole al mundo evangélico?  Música mundana, no reverente ni conducente al culto del Dios altísimo, con letras “religiosas” cursis, sentimentaloides, y a menudo heréticas o al menos doctrinalmente vacías.  Nuevamente la historia nos enseña que lo que llamamos “moderno” o “contemporáneo” no es tal, y que quienes creen estar a la vanguardia realmente están repitiendo errores y deformaciones añejas y otrora superadas.

La situación de la música en la Iglesia occidental llegó a ser tal a principios del S. XVI que las diversas ramas de la Reforma, ¡y hasta el Vaticano!, tenían esta crisis en sus agendas de vicios que tenían que ser corregidos.

En el campo romanista, aun el Concilio de Trento contempló la posibilidad de seguir a Ginebra en la medida de emergencia adoptada en un algún momento para poner remedio a esa situación, es decir, excluir del todo la música del culto, en vista de que, “la música se había vuelto tan secular que ya no era posible restaurarla a un lugar de valor en la adoración.”[3]  De no haber sido porque compositores de la Iglesia romana como Palestrina, Orlando Di Lasso, Vittoria,[4] y Jacobus Kerle,[5] comenzaron a producir música apta para la adoración, dicha Iglesia hubiera abolido del todo la música en el culto.[6]

En el ámbito protestante, Martín Lutero (quien contaba con conocimientos y habilidades musicales) se dio a la tarea de componer y compilar melodías reverentes y conducentes para la adoración a Dios, y de publicar himnarios, de manera que todos los cristianos (y no sólo los coros) pudiesen entonar los salmos y paráfrasis de textos bíblicos.  Lamentablemente, en virtud de que Lutero no sostenía el principio regulador o regulativo de la adoración, no reformó del todo el canto en la iglesia, dándole lugar también a himnos tradicionales de la Iglesia, cantatas y misas para ser entonadas por coros y no por toda la congregación.   Con todo, empero, las melodías eran en general reverentes y conducentes a la adoración.

En el ámbito anglicano, a pesar de que la Iglesia de Inglaterra no cree en el principio regulador, por décadas, la música y el canto fueron desterrados del todo del culto público anglicano.

En el ámbito reformado (o “calvinista”), una vez superado el caos que había imperado, se enfatizó el deber y derecho de toda la congregación de participar activamente en el culto mediante el canto congregacional, a diferencia de los catolicorromanos que desestimaban el canto congregacional, tal y como sucede hoy día en el evangelicalismo que da un lugar protagónico si no es que exclusivo al “líder de alabanza” o “grupo de alabanza.”  Dicha práctica contraría la doctrina neotestamentaria del sacerdocio universal de los creyentes.

Habiendo abolido en un principio el uso de la música en el culto como una medida de emergencia, dada la corrupción a la que se había llegado, los reformadores “calvinistas” (incluyendo al propio Calvino en Ginebra) encargaron a los mejores compositores de filiación reformada a su disposición la composición de melodías reverentes y conducentes a la adoración pública de Dios, para que toda la congregación cantara los salmos y no solamente un grupo “selecto” como sucedía en el ámbito catolicorromano y parcialmente en el ámbito luterano que conservó los coros y los cantos que estos cantaban exclusivamente, es decir, sin la congregación.

Lamentablemente, hoy en día la mayoría de las iglesias que se dicen Reformadas han perdido la brújula bíblico-doctrinal que guió a los reformadores en la reforma de la música y el canto para la adoración pública de Dios, y consecuentemente han perdido el legado de ortodoxia y ortopraxis de la adoración a Dios mediante el canto congregacional de los salmos con melodías aptas para tal propósito.

Una de las pocas melodías que han sobrevivido a la marea mercantilista y trivializadora de la música «cristiana» es la que hoy se utiliza comúnmente para la doxología “A Dios el Padre celestial.”  Esta melodía, mejor conocida como The Old Hundredth, fue compuesta en 1551 por Louis de Bourgeois como parte del Salterio ginebrino para entonar el Salmo 100 (ver Salmo 100 para canto congregacional).  Dicho salterio fue encargado y publicado por el consistorio de la Iglesia de Ginebra en tiempos de Juan Calvino.

De hecho, muchas de las melodías del Salterio ginebrino fueron usadas a su vez en el Salterio escocés, y algunas de ellas siguen estando presentes en los himnarios que usamos pero, lamentablemente, ya no para alabar a Dios con las palabras que Él nos dejó para tal fin, los Salmos inspirados, sino para entonar himnos de autoría humana.

[1] Charles V. Standford & Cecil Forsyth, The History of Music, p. 138.  Citado en Horton Davies, Worship and Theology in England.  Book I: From Cranmer to Baxter and Fox, 1534-1690 (Grand Rapids: Eerdmans, 1996), p. 377.

[2] Henry Bruinsma, “John Calvin and Church Music,” en The Outlook, Vol. 51, No. 2, February 2001; p. 5.

[3] Ibid.

[4] Ver Davies, op. cit.

[5] Ver Bruinsma, op. cit.

[6] Ver Davies, op. cit.

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Nota editorial: Versión revisada (2016, 2017) de la versión original publicada por la revista El Faro (México, ca. 2008). 

Ver también: Instrumento de alabanza: La dulce música de los salmos a capela; El culto de la sinagoga como modelo del culto de la Iglesia apostólica; Calvino sobre el principio que regula la verdadera adoración a Dios; Calvino: El segundo mandamiento prohíbe las invenciones humanas en el culto al Dios verdaderoSalmo 67 para canto congregacionalSalterio de ginebra en español, letra y músicaLa luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir el culto (texto en imagen JPG)La espiritualidad del culto público en la Iglesia del Nuevo TestamentoLa enseñanza bíblica sobre la adoración pública del Dios verdadero (video-conferencia)Dos sermones sobre Éxodo 32:1-33:6, episodio del becerro de oro (audios); Pretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatríaSermón temático: Soli Deo gloria (audio)La espiritualidad de la verdadera adoración en el Nuevo Testamento.

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Alejandro Moreno Morrison, de nacionalidad mexicana, es un abogado y teólogo reformado. Fue educado en la Escuela Libre de Derecho (México), el Reformed Theological Seminary Orlando, y la Universidad de Oxford.  En el Reformed Theological Seminary Orlando fue asistente del Rev. Dr. Richard L. Pratt, y del Rev. Dr. Ronald H. Nash.  Ha ministrado como maestro de doctrina cristiana y Biblia y como predicador en diversas iglesias y misiones de denominaciones como la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana Conservadora de México, la Presbyterian Church of America, la Presbyterian Church of Ireland, y la Reformed Presbyterian Church North America Synod.  Con esta último estuvo a cargo de una misión durante 2014.  También ha sido profesor invitado de Teología Sistemática, Ética, Evangelismo, y Apologética en el Seminario Teológico Reformado de la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, y de Sistemas Políticos Contemporáneos en la Facultad de Derecho de la UNAM (México).  Desde 2010 es profesor adjunto de Filosofía del Derecho en la Escuela Libre de Derecho.