Instrumento de alabanza: La dulce música de los salmos a capela

Nota periodística de la agencia de noticias Associated Press, publicada en el periódico Los Angeles Times (20 de enero de 1996).  Traducción y notas de Alejandro Moreno Morrison.

SELMA, Alabama. —  A primera vista, parece un típico domingo protestante en que los feligreses se sientan repartidos entre bancas nuevas de madera, escuchando a un ministro con un traje marrón predicar sobre servir a Dios, «un Dios que está realmente cerca.»

Pero algo muy diferente, algo antiguo, está sucediendo dentro de las paredes de esta modesta iglesia de madera.  El coro y la congregación se levantan para cantar y, si bien las palabras del Salmo 95 resultan familiares, algo falta.  No hay órgano aquí en la Iglesia Presbiteriana Reformada de Selma, ni piano, guitarra ni trompeta.  Sólo se oye la voz a capela de una congregación que alaba en la tradición casi extinta de la “salmodia exclusiva.”

Estos cristianos creen que cantar sin acompañamiento los 150 salmos de la Biblia es la única forma verdadera y correcta de adorar a Dios.[1]  Para citar al sínodo de la iglesia, «Cantamos sólo salmos porque Dios no nos ha ordenado cantar nada más.»  Para los miembros de esta pequeña denominación (hay sólo 70 iglesias y menos de 6.000 miembros)[2] nunca nada ha sonado más dulce.

“El propósito es presentar una adoración que agrade a Dios, no la que nos agrada a nosotros”, nos dijo el reverendo Jerry O’Neill, presidente del Seminario Teológico Presbiteriano Reformado en Pittsburgh.  «Dios no necesita todos los instrumentos para saber que lo que está sucediendo es una alabanza verdadera.»

Los presbiterianos reformados, la mayoría de los cuales viven en Pensilvania, Nueva York, Indiana y Kansas,[3] también son conocidos como pactantes.  Con una historia que se remonta a la Escocia del siglo XVII, la Iglesia Presbiteriana Reformada moderna es quizá el miembro más conservador de su familia mundial.  Para ellos, “hay un estándar absoluto y es la Biblia”, dice O’Neill.  La iglesia data de la década de 1630 y la protesta contra la interferencia [del magistrado] civil en asuntos religiosos.[4]  El corazón de su doctrina –la Confesión de fe de Westminster– surgió en parte de esa interferencia.  Incluye la doctrina de la libertad de conciencia, que sostiene que los oficiales de la iglesia no tienen derecho a imponer prácticas y enseñanzas distintas a las contenidas en la Biblia.[5]

Cuando los autores de la Confesión llegaron a la cuestión de la música en el culto, “lo único de lo que pudieron encontrar pruebas suficientes para considerarlo una verdad absoluta fue el canto de salmos”, nos dijo John Delivuk, bibliotecario de Geneva College, cerca de Pittsburgh, y autor de varios artículos sobre historia [de la Iglesia] Presbiteriana Reformada.

Para los primeros protestantes, la prueba era bastante simple: los salmos son las palabras de Dios porque provienen de la Biblia.  Los himnos pueden ser hermosos, pero la mayoría son exhortaciones a los pecadores, no alabanzas a Dios, y todos son mera poesía humana no inspirada [por Dios].  Evidencia adicional provino de las descripciones bíblicas de la adoración de Jesús en la sinagoga: sólo se usaban los salmos.[6]  De manera similar, el uso de instrumentos musicales está excluido del servicio presbiteriano reformado porque Dios no ordena su uso en el Nuevo Testamento.

Hubo un tiempo en que los bautistas modernos, congregacionales y todas las ramas antiguas de la Iglesia Presbiteriana practicaban la salmodia exclusiva. Pero la práctica comenzó a desaparecer a mediados de los 1700s, cuando el líder de la iglesia Isaac Watts incursionó en el uso generalizado de himnos, y casi desapareció hacia 1920, nos dijo Delivuk.  Sobrevivió más tiempo en el sur conservador [de los Estados Unidos], pero hoy sólo los presbiterianos reformados y unas pocas congregaciones afines mantienen viva la tradición. 

No está claro por qué el canto de los salmos cayó en desuso.  Delivuk sospecha que el deseo de atraer nuevos miembros influyó: los salmos son difíciles de cantar y pueden no ser tan atractivos como los himnos para quienes vienen de fuera de la iglesia.  “Ha habido una presión en lo que se refiere a la adoración para decir: ‘¿Cómo podemos atraer a la gente?’ en lugar de ‘¿Cómo podemos agradar a Dios?’  Así que lo que se preguntan es qué tipo de música le gusta a la gente, qué quiere escuchar la gente,” nos dijo Delivuk.  «Están pasando por alto el hecho de que la adoración es una fiesta para Dios,» dijo.

Pero los miembros de la iglesia dicen que el canto de salmos está regresando.  O’Neill dice que la iglesia ha vendido alrededor de 20,000 de sus salterios, en su mayoría a otras denominaciones.  ¿Por qué?  Los miembros de la iglesia dicen que, si bien parecería restrictivo y austero, excluir de los servicios religiosos los himnos e instrumentos musicales atrae a algunos cristianos porque los libera para adorar a Dios en términos más espirituales.


[1] Nota del traductor: Esta es una de las aplicaciones de la doctrina bíblica conocida como el principio regulador la adoración.  Ver Lev. 10:1-2; Deu. 12:32; 1 Sam. 15:22-23; Dos sermones sobre Éxodo 32:1-33:6, episodio del becerro de oro (audios); Sermón expositivo de Éxodo Caps. 35-39, 1ª parte: El principio regulador del culto como señal de la relación pactual entre Dios y Su pueblo (audio); y Sermón temático: Soli Deo gloria (audio).  Esta enseñanza bíblica es recogida por la Confesión de fe de Westminster (CFW), sus catecismos mayor (CMaW) y menor (CMeW) y el Directorio para la adoración pública de Dios, producido también por la Asamblea de Westminster.  Este principio bíblico es afirmado varias veces en dichos documentos confesionales.  Aquí algunos ejemplos: “Todo el consejo de Dios concerniente a todas las cosas necesarias para Su propia gloria, la salvación, fe y vida del hombre está, ya sea plasmado expresamente en la Escritura, o por buena y necesaria consecuencia puede deducirse de la Escritura; a lo cual nada en ningún tiempo ha de ser añadido, ya sea por nueva revelación del Espíritu, o tradiciones de hombres” (CFW, I, 6);  “Pero la manera aceptable de adorar al Dios verdadero es instituida por Él mismo, y de tal modo limitada por Su propia voluntad revelada, de modo que no sea Él adorado de acuerdo con las imaginaciones e invenciones de hombres, o las sugerencias de Satanás, bajo ninguna representación visible, ni en ningún otro modo no prescrito en la santa Escritura…” (CFW, XXI, 1); “Los pecados prohibidos en el segundo mandamiento son, todo idear, aconsejar, mandar, usar y en cualquier forma aprobar cualquier adoración religiosa no instituida por Dios mismo…  corromper la adoración a Dios, añadiendo a ella, o quitando de ella, ya sea inventada e iniciada por nosotros mismos, o recibida por tradición de otros, aunque sea bajo el título de antigüedad, costumbre, devoción, buena intención, o por cualquier otra apariencia…” (CMaW, #109); “El segundo mandamiento prohíbe la adoración a Dios mediante imágenes, o cualquier otra forma no establecida en Su Palabra” (CMeW, #51).   

[2] Nota del traductor: Estas cifras de refieren únicamente a los Estados Unidos de América (EUA).  Asimismo, la Iglesia Presbiteriana Reformada no es la única denominación que practica la salmodía exclusiva.  En Escocia, la Iglesia Libre de Escocia (Continuadora) y la Iglesia Presbiteriana Libre practican la salmodía exclusiva; y hasta 2011, la Iglesia Libre de Escocia practicó la salmodía exclusiva.  Alrededor del mundo hay otras denominaciones, principalmente reformadas, que practican la salmodía exclusiva (ver: https://exclusivepsalmody.com/churches/).

[3] Nota del traductor: Nuevamente el artículo se refiere únicamente a EUA.  A nivel mundial, la Iglesia Presbiteriana Reformada tiene presencia, además, en Reino Unido, Irlanda, Canadá, Australia, Japón, Ch¡na, Francia, Sudán del Sur, Chile y España.  Ver: https://rpglobalalliance.org/missions/global-missions/.  

[4] Nota del traductor: Este artículo sobre Samuel Rutherford habla sobre la segunda reforma en Escocia y los pactantes: Samuel Rutherford (1600-1661) erudito, pastor, teólogo, pactante y comisionado escocés a la Asamblea de Westminster.

[5] La CFW, en su capítulo XX, “Sobre la libertad y cristiana y la libertad de conciencia,” afirma en su segundo párrafo: “Dios solo es Señor de la conciencia, y la ha dejado libre de las doctrinas y mandamientos de hombre que sean, en cualquier cosa, contrarios a Su Palabra o, adicionales a ella, en asuntos de fe o culto.  De manera que, creer tales doctrinas u obedecer tales mandamientos, por razones de conciencia, es traicionar la verdadera libertad de conciencia; y el requerir una fe implícita y una obediencia absoluta y ciega, es destruir la libertad de conciencia, y la razón también.”     

[6] Nota del traductor: Ver El culto de la sinagoga fue el modelo del culto de la Iglesia apostólica.


Ver también: Calvino sobre el principio que regula la verdadera adoración a Dios; La enseñanza bíblica sobre la adoración pública del Dios verdadero (video-conferencia – bilingual video-lecture); El «Salterio ginebrino» o «Salterio de Ginebra» en español (enlaces externos); La música en la Iglesia occidental a principios del S. XVI; Pretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatría; Calvino: El segundo mandamiento prohíbe las invenciones humanas en el culto al Dios verdadero; La espiritualidad de la verdadera adoración en el Nuevo Testamento; La luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir la manera aceptable de adorar al Señor; Brevísima historia de algunas de las primeras deformaciones en la Iglesia antigua (siglo II en adelante); Para entender la Reforma; La observancia del cuarto mandamiento en el Nuevo Testamento (video-conferencia).

Calvino sobre la inspiración plenaria de la Biblia

Fragmento tomando del Comentario a la 2ª Epístola a Timoteo, 3:16.

Toda la Escritura es inspirada por Dios, y útil para enseñar, para redargüir, para corregir, para instruir en justicia…

2a de Timoteo 3:16

A fin de sostener la autoridad de la Escritura, [Pablo] declara que es divinamente inspirada; porque, de ser así, está fuera de controversia que los hombres deban recibirla con reverencia.  Éste es el principio que distingue nuestra religión de todas las demás, porque sabemos que Dios nos ha hablado, y estamos plenamente convencidos de que los profetas no hablaron por su propia cuenta, sino que, siendo instrumentos del Espíritu Santo ellos únicamente dijeron lo que su comisión celestial les ordenó declarar.  Quienquiera, pues, que desee sacar provecho de las Escrituras, que primero acepte como cosa establecida este punto: que la Ley y los Profetas no son una doctrina entregada según la voluntad y el beneplácito del hombre, sino dictada por el Espíritu Santo. 

Si se objetare: ¿cómo puede conocerse esto?, yo respondo: Tanto a los discípulos como a los maestros, Dios se ha dado a conocer como el autor de ella por revelación del mismo Espíritu.  Moisés y los profetas no hablaron al azar lo que recibimos de ellos, sino que hablando por el impulso de Dios, franca y osadamente testificaron lo que era cierto realmente: que fue la boca del Señor la que hablaba.  El mismo Espíritu, pues, que hizo estar seguros de su llamamiento a Moisés y a los profetas, también ahora testifica a nuestro corazón que Él los ha empleado como sus siervos para instruirnos.  Por consiguiente, no tenemos por qué extrañarnos si hay muchos que dudan en cuanto al Autor de las Escrituras; porque, aunque la majestad de Dios es manifiesta en ellas, sin embargo, nadie sino aquellos que han sido iluminados por el Espíritu Santo tienen ojos para percibir lo que ciertamente debe ser visible a todos, y sin embargo sólo es visible a los elegidos.  Ésta es la primera cláusula: que debemos a la Escritura la misma reverencia que debemos a Dios; porque de Él solo nos ha venido, y nada hay mezclado en ella que pertenezca al hombre.

Comentario de Alejandro Moreno Morrison

Éste es uno de muchos ejemplos en los que Juan Calvino afirma que el autor de la Biblia es Dios solo y que la autoridad de la Biblia se desprende exclusivamente de ese hecho.  En palabras del Rev. Dr. Roger Nicole (1915-2010), “A lo largo de [los escritos teológicos y comentarios bíblicos de Juan Calvino] abundan las afirmaciones directas respecto de que Dios es el autor de las Santas Escrituras, que los escritores sagrados fueron escribanos o bocas de Dios, que Dios les dictó las Escrituras y que la autoridad de la Biblia está fundada en la realidad de su autoría divina.  Hay literalmente veintenas de referencias que pueden ser citadas y han sido citadas para sustentar esta tesis.”[1] 

En el seminario “Revelation and Inspiration,” que cursé con él, en Reformed Thelogial Seminary, Orlando, el Dr. Nicole llamó nuestra atención al hecho de que los neo-ortodoxos quieren hacer creer a la gente que Calvino no sostenía la doctrina reformada de la inspiración y la inerrancia bíblica sino algo parecido a lo que la neo-ortodoxia enseña.  El artículo del Dr. Nicole arriba citado es una refutación de dicho engaño neo-ortodoxo y el fragmento de Calvino un ejemplo de que su doctrina era la doctrina histórica de la iglesia sobre la inspiración plenaria de la Biblia como revelación especial de Dios.

La doctrina neo-ortodoxa sobre la la Biblia no es reformada, es realmente liberalismo teológico encubierto.  Una de las herejías fundamentales de la neo-ortodoxia, una de la que emanan otras más, es negar la inspiración plenaria y consecuente inerrancia bíblica. 

La Confesión de fe de Westminster recoge y articula la doctrina bíblica afirmada por Calvino en el pasaje arriba citado en las siguientes porciones de su capítulo I:

[Último párrafo de 1, I]:  Todos estos [los libros del Antiguo y Nuevo Testamentos] fueron dados por inspiración de Dios para que sean la regla de fe y de conducta.

1. IV. La autoridad de las Santas Escrituras, por la que ellas deben ser creídas y obedecidas, no depende del testimonio de ningún hombre o iglesia, sino exclusivamente del testimonio de Dios (quien en sí mismo es la verdad), el autor de ellas; y deben ser creídas, porque son la Palabra de Dios.

Ver también:La lógica de la inerrancia bíblica en el libro de Apocalipsis (sumario); La perfecta confiabilidad de Dios y de Su Palabra; Dios está airado con quienes no usan bien la luz del evangelio; Apocalipsis 9:13-21 (La sexta trompeta): Sugerencias para reflexionar y aplicar a nuestras vidas; Hay suficiente luz para quienes desean creer en Cristo y suficiente oscuridad para quienes no; Pascal: Cuando veo la ceguera y miseria del hombre…; Pascal: Descubrir la cura para nuestras miserias no está dentro de nosotros; Conferencia: Los milagros del Señor Jesús (audio); Sermón expositivo de Juan 4:1-42: El diálogo entre el Señor Jesús y la mujer Samaritana (audio); Sermón expositivo de Génesis 4:26, antecedente AT de invocar el nombre del Señor (audio); Sermón temático: Sola gracia (audio); Sermón expositivo de Hechos 1:9-11. Cumplimiento de la profecía de Daniel 7 en la ascensión del Señor (audio).; Sobre los medios que Dios usa para impartir Su gracia; Contraste entre los linajes de Caín (simiente de la serpiente) y de Set (simiente de la mujer); Identidad confesional: Estándares de Westminster.

Alejandro Moreno Morrison es un abogado y teólogo reformado de nacionalidad mexicana. Obtuvo el título de Abogado por la Escuela Libre de Derecho (Ciudad de México) y la maestría (Master of Arts in Biblical Studies, MABS) por el Reformed Theological Seminary (EUA); parte de esos estudios de maestría los cursó en la Universidad de Oxford (Reino Unido).En Reformed Theological Seminary fue asistente del Rev. Dr. Richard L. Pratt (Antiguo Testamento), y del Rev. Dr. Ronald H. Nash (Filosofía).Ha ministrado como maestro de doctrina cristiana y Biblia y como predicador invitado en diversas iglesias y misiones de varias denominaciones incluyendo la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana Conservadora de México, la Presbyterian Church of America, la Presbyterian Church of Ireland y la Reformed Presbyterian Church, North America Synod. Con esta última estuvo a cargo de una misión durante 2014.También ha sido profesor invitado de Teología Sistemática, Ética, Evangelismo, y Apologética en el Seminario Teológico Reformado de la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, de Sistemas Políticos Contemporáneos en la Facultad de Derecho de la UNAM (México), y de Derecho Corporativo del Global Startup Lab for Mexico del Massachusetts Institute of Technologies.Desde 2010 es profesor adjunto de Filosofía del Derecho en la Escuela Libre de Derecho.


[1] Roger Nicole, “John Calvin and Inerrancy,” en Standing Forth.  Collected Writings of Roger Nicole (Fearn: Christian Focus Publications, 2002), p. 103. Este artículo fue publicado originalmente en el «Journal of the Evangelical Theologica Society,» 25/4 (diciembre 1982).

La Reforma antes y aparte de Lutero

Por Alejandro Moreno Morrison

Versión revisada (en formato PDF) de la presentación PowerPoint usada el sábado 28 de octubre de 2023, en la Iglesia Príncipe de Paz (Iglesia Nacional Presbiteriana de México), de Torreón, Coahuila, México.

Esta conferencia comienza con el crecimiento del papado y las deformaciones que se derivaron del mismo, para luego hacer un breve repaso del inicio de la Reforma con los valdenses y John Wycliffe hasta la llegada de Juan Calvino a Ginebra, mostrando la independencia que tuvo esta Reforma de la Reforma luterana.

Esta conferencia es continuación de la conferencia Brevísima historia de algunas de las primeras deformaciones en la Iglesia antigua (siglo II en adelante).

Ver también: Para entender la Reforma; Presbiterianismo en la primera reforma en Inglaterra; The Lovely Italian Princess & the Erudite Spanish Reformer: Giulia Gonzaga & Juan De Valdés in the 16th century Reformation; Calvino sobre el principio que regula la verdadera adoración a Dios; Calvino: El segundo mandamiento prohíbe las invenciones humanas en el culto al Dios verdadero; Sobre la liturgia ginebrina de Juan Calvino para la celebración de la Cena del Señor; Casiodoro de Reina sobre los sacramentos de la Iglesia cristiana; Origen tardío (no apostólico) de la doctrina de la transubstanciación, y temprana oposición a la misma; Pretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatría; La enseñanza bíblica sobre la adoración pública del Dios verdadero (video-conferencia – bilingual video-lecture); La luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir la manera aceptable de adorar al Señor; La espiritualidad de la verdadera adoración en el Nuevo Testamento; Nulidad de los oficios eclesiásticos no prescritos en la Biblia; La música en la Iglesia occidental a principios del S. XVI; Sermón temático: Soli Deo gloria (audio); Dos sermones sobre Éxodo 32:1-33:6, episodio del becerro de oro (audios); Sermón expositivo de Éxodo Caps. 35-39, 1ª parte: El principio regulador del culto como señal de la relación pactual entre Dios y Su pueblo (audio).

Alejandro Moreno Morrison es un abogado y teólogo reformado de nacionalidad mexicana. Obtuvo el título de Abogado por la Escuela Libre de Derecho (Ciudad de México) y la maestría (Master of Arts in Biblical Studies, MABS) por el Reformed Theological Seminary (EUA); parte de esos estudios de maestría los cursó en la Universidad de Oxford (Reino Unido).En Reformed Theological Seminary fue asistente del Rev. Dr. Richard L. Pratt (Antiguo Testamento), y del Rev. Dr. Ronald H. Nash (Filosofía).Ha ministrado como maestro de doctrina cristiana y Biblia y como predicador invitado en diversas iglesias y misiones de varias denominaciones incluyendo la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana Conservadora de México, la Presbyterian Church of America, la Presbyterian Church of Ireland y la Reformed Presbyterian Church, North America Synod. Con esta última estuvo a cargo de una misión durante 2014.También ha sido profesor invitado de Teología Sistemática, Ética, Evangelismo, y Apologética en el Seminario Teológico Reformado de la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, de Sistemas Políticos Contemporáneos en la Facultad de Derecho de la UNAM (México), y de Derecho Corporativo del Global Startup Lab for Mexico del Massachusetts Institute of Technologies.Desde 2010 es profesor adjunto de Filosofía del Derecho en la Escuela Libre de Derecho.

Los cristianos mexicanos y las elecciones federales de 2024

Por Alejandro Moreno Morrison

Versión ampliada de la presentación usada en la Ciudad de México, el sábado 4 de noviembre de 2023.

Alejandro Moreno Morrison es un abogado y teólogo reformado.  Obtuvo el título de Abogado por la Escuela Libre de Derecho (México) y el grado de Master of Arts in Biblical Studies por el Reformed Theological Seminary (RTS); parte de dichos estudios de maestría los cursó en la Universidad de Oxford.  En RTS fue asistente del Rev. Dr. Richard L. Pratt (Antiguo Testamento), y del Rev. Dr. Ronald H. Nash (Filosofía).  Como abogado ha participado como consultor externo en proyectos para la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para Refugiados, la Comisión para la Pacificación en Chiapas, y la Agencia Federal de Aviación Civil, así como en proyectos de prospectiva legislativa en inclusión financiera y acciones colectivas .  En el ministerio cristiano ha sido predicador y maestro invitado en iglesias presbiterianas de México, Estados Unidos y Reino Unido.  Con la Reformed Presbyterian Church North America Synod estuvo a cargo de un proyecto misionero en la Ciudad de México.  En el ámbito académico, ha sido profesor de Derecho Familiar en la Universidad de la Comunicación, de Sistemas Políticos Contemporáneos en la Facultad de Derecho de la UNAM, de Teología Sistemática, Apologética, Ética y Evangelismo en el Seminario Teológico Reformado de México, de Derecho Corporativo Mexicano en el Global Startup Lab Mexico del Massachussetts Institute of Technology, y desde 2010 es profesor adjunto de Filosofía del Derecho de la Escuela Libre de Derecho.  De 2010 a 2011 participó en una investigación doctoral para Queen Mary’s College, University of London, contribuyendo con los temas de historia económica de México los siglos XX y XXI y de inclusión financiera. De 2011 a 2012 coordinó un diplomado sobre tratados de libre comercio en la Escuela Libre de Derecho.  Desde 2002, ha participado en coloquios coauspiciados por el Acton Institute y el Liberty Fund en temas de ética, economía y pensamiento político cristiano.   

Ver también: Calvino: Dios manda a los gobernantes castigar los delitos (Romanos 13:4); Calvino: Libertad con orden es la mejor forma de gobierno; Calvino y la división de poderes y los controles y contrapesos en el gobierno; Calvino sobre las leyes humanas y contra el teonomismo; Conferencia: ¿De quién es la imagen? El mensaje de la respuesta del Señor Jesús a la pregunta sobre el tributo romano (video); Sobre las raíces liberales, catolicorromanas y marxistas de la Teología de la Liberación; La fe de los estatistas; Apocalipsis 9:13-21 (La sexta trompeta): Sugerencias para reflexionar y aplicar a nuestras vidas; La Teología de la Liberación al servicio del marxismo-leninismo; Samuel Rutherford (1600-1661) erudito, pastor, teólogo, pactante y comisionado escocés a la Asamblea de Westminster; Rutherford: Una potestad para oprimir no proviene de Dios; La ley natural en el libro «Lex, rex» de Samuel Rutherford; Conferencia: ¿De quién es la imagen? El mensaje de la respuesta del Señor Jesús a la pregunta sobre el tributo romano (video); La pobreza: Apuntes para una perspectiva bíblica (presentación en láminas); Cuando el gobernante se convierte en un ídolo; Factores no económicos de la pobreza; Proverbios sobre los factores éticos del bienestar económico personal; Gobernantes buenos, malos y tiranos, y cómo debemos orar y actuar al respecto; El papel del Señor Jesucristo en el libro de Apocalipsis; Influencia del calvinismo y del puritanismo en el pensamiento político de las colonias británicas en el norte de América (siglos XVII y XVIII); Juan Altusio (1557-1638), filósofo, jurista, teólogo y estadista Reformado; Aborto: La esclavitud de nuestra generación; El significado de las parábolas de la semilla de mostaza y de la levadura; La proclamación del reino en los evangelios sinópticos (incluyendo el significado de las parábolas del reino en Mateo 13 y Marcos 4); El reino del Mesías y Su Iglesia.

Calvino sobre el principio que regula la verdadera adoración a Dios

Fragmentos del libro The Need of Reforming the Church (Dallas, TX: Protestant Heritage Press, 1995),[1] pp. 17-18, 23, 49-50, 93-94, 95-97. Traducción: Alejandro Moreno Morrison.


[Página17:]

Más aún, la regla que distingue entre la adoración pura y la viciada es de aplicación universal, a fin de que no adoptemos ninguna invención que nos parezca adecuada a nosotros mismos, sino que miremos a las órdenes de Aquél quien es el único con derecho a prescribir.  Por lo tanto, si queremos que Él apruebe nuestro culto, esta regla, que es hecha valer en todos lados de manera muy estricta, debe ser observada cuidadosamente.  Pues hay una razón doble por la que el Señor, al condenar y prohibir todo culto ficticio, requiere de nosotros dar obediencia solamente a Su propia voz.  Primero, porque tiende grandemente a establecer Su autoridad de manera que no sigamos nuestro propio gusto, sino dependamos enteramente de su soberanía; y, segundo, tal es nuestra necedad, que cuando somos dejados en libertad, todo lo que podemos hacer es desviarnos.  Y una vez que nos hemos desviado del camino recto, no hay fin en nuestro vagar, hasta que terminamos sepultados bajo una multitud de supersticiones.  Con justicia, entonces, el Señor, a fin de afirmar su pleno derecho de dominio, estrictamente ordena lo que desea que hagamos, e inmediatamente rechaza toda invención humana que varie de su mandamiento.  Con justicia,

[Página 18:]

también, en términos expresos, define nuestros límites, para que no provoquemos su ira contra nosotros, fabricando modos perversos de adoración

Sé cuán difícil es persuadir al mundo de que Dios desaprueba todos los modos de adoración no expresamente sancionados por Su Palabra.  La persuasión opuesta que se aferra a ellos, estando asentada, por así decirlo, en sus huesos y tuétano, es que cualquier cosa que hagan tiene en sí misma una sanción suficiente, siempre que exhiba alguna clase de celo por el honor de Dios.  Pero por cuanto Dios no solamente considera infructuoso, sino que también de plano abomina cualquier cosa que por celo emprendamos para su adoración, si no es conforme con su mandamiento, ¿qué ganamos con ir en contra?  Las palabras de Dios son claras e inequívocas: “Obedecer es mejor que el sacrificio.” “En vano me honran, enseñando como doctrinas, mandamientos de hombres,” (1 Sam. 15:22; Mat. 15:9).  Cada adición a Su Palabra, especialmente en este asunto, es una mentira.  El mero “culto arbitrario” (ethelothreskia)* es vanidad.  Esta es la sentencia, y una vez que el juez ha decidido ya no es tiempo de debatir.

[Página 23:]

Habiendo observado que la palabra de Dios es la prueba que discrimina entre Su verdadera adoración y aquella que es falsa y viciada, entonces fácilmente inferimos que la totalidad de la forma de culto divino en uso general hoy en día no es más que mera corrupción.  Pues los hombres no tienen respeto a lo que Dios ha ordenado o a lo que aprueba, a fin de servirlo de una manera apropiada, sino que asumen para sí una licencia para inventar modos de adoración que luego le imponen a Dios como sustituto a la obediencia…

[Página 49:]

No desconozco lo difícil que es persuadir al mundo que Dios rechaza y aun abomina todo lo relacionado con su culto que es inventado por la razón humana.  El engaño en este rubro se debe a varias causas: “Todos tienen un alto concepto de sí mismos,” como lo expresa el antiguo proverbio.  De ahí que el fruto de nuestro propio cerebro nos deleite, y además, como Pablo lo admite, esta adoración ficticia a menudo se presenta con una apariencia de sabiduría [Col. 2:23].  Entonces, como en su mayoría tiene un esplendor externo que complace al ojo, es más agradable a nuestra naturaleza carnal, que aquello que Dios solo requiere y aprueba, pero que es menos ostentoso.  Pero no hay nada que ciegue tanto el entendimiento de los hombres, y los desvíe en sus juicios en este asunto, como la hipocresía.  Puesto que, siendo que es deber de los verdaderos adoradores dar el corazón y la mente, los hombres están siempre deseosos de inventar un modo de servir a Dios de una

[Página 50:]

descripción totalmente diferente, siendo su objeto llevar a cabo ciertas costumbres corporales, y guardarse la mente para sí mismos.  Más aún, imaginan que cuando le imponen pompa externa, han, por este artificio, evadido la necesidad de darse a sí mismos.  Y esa es la razón por la que se someten a innumerables costumbres que los fatigan miserablemente sin medida y sin fin, y la razón por la que eligen vagar en un perpetuo laberinto, en lugar de adorar a Dios de manera sencilla en espíritu y en verdad. 

[Página 93:]

…Nuestros oponentes… consideran casi superflua una disputa acometida para la gloria de Dios y la salvación de los hombres.  Pues no es cierto… que disputemos acerca de una sombra inútil.  Lo que está de por medio es la totalidad de la sustancia de la religión cristiana.  Si no hubiera nada más de por medio, es la eterna e inviolable verdad de Dios – verdad respecto de la cual Él ha dado tantos testimonios ilustres, por cuya confirmación tantos santos profetas y tantos mártires han enfrentado la muerte, verdad anunciada y testificada por el mismísimo Hijo de Dios,

[Página 94:]

y en última instancia sellada con Su Sangre. ¿Es esa verdad de tan poco valor, que puede ser pisoteada, mientras nosotros nos quedamos mirando y en silencio?

[Página 95:]

Cuando… la divina gloria fue contaminada, o más bien lacerada, de tantas maneras, ¿no hubiera sido deslealtad si lo hubiésemos pasado por alto o hubiésemos guardado silencio?  Un perro, viendo cualquier violencia contra su amo, ladrará instantáneamente; ¿podíamos nosotros, en

[Página 96:]

silencio, ver que el nombre de Dios es deshonrado o blasfemado?  En ese caso, ¿cómo podía haberse dicho “Los denuestos de los que te vituperaban cayeron sobre mí”?  (Sal. 69:9). 

La burla que adora a Dios con nada más que gestos externos y absurdas ficciones humanas, ¿cómo podíamos nosotros, sin pecar, permitir que pasara sin reprensión?  Sabemos cuánto odia Él la hipocresía, y aun así en ese culto ficticio, que estaba en uso en todos lados, la hipocresía reinaba.  Escuchamos cuán amargos son los términos en los que los profetas atacan toda adoración fabricada por la temeridad humana.  Pero una buena intención – esto es, una instancia del libertinaje de atreverse a lo que sea que le agrade al hombre – fue considerada la perfección de la adoración.  Pues es cierto que en todo el cuerpo de adoración que fue establecido, escasamente había algún acto que gozara de sanción de la autoritativa Palabra de Dios. 

No debemos en este asunto tomar una posición por nuestro propio juicio o por el juicio de otros.  Debemos oír la voz de Dios y escuchar cómo evalúa la profanación de la adoración que se presenta cuando los hombres, traspasando los límites de Su Palabra, se desenfrenan en sus propias invenciones.  Las razones por las que asigna como castigo a los israelitas la ceguera, después de haber perdido la disciplina piadosa y santa de la iglesia, son dos, a saber, la prevalencia de la hipocresía, y el culto arbitrario (ethelothreskia), con lo que se refiere a una forma de adoración ideada por el hombre:  “Dice, pues, el Señor: Porque este pueblo se acerca a mí con su boca, y con sus labios me honra, pero su corazón está lejos de mí, y su temor de mí

[Página 97:]

no es más que un mandamiento de hombres que les ha sido enseñado; por tanto, he aquí que nuevamente excitaré yo la admiración de este pueblo con un prodigio grande y espantoso; porque perecerá la sabiduría de sus sabios, y se desvanecerá la inteligencia de sus entendidos.  (Isaías 29:13-14).  Cuando Dios nos levantó, una perversidad similar o peor dominaba abiertamente a lo largo de la Iglesia.  ¿Íbamos entonces a quedarnos sentados y callados mientras Dios estaba tronando desde el cielo?

———————————-

Ver también: Calvino: El segundo mandamiento prohibe las invenciones humanas en el culto al Dios verdadero; Pretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatría; La enseñanza bíblica sobre la adoración pública del Dios verdadero (video-conferencia – bilingual video-lecture); La luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir la manera aceptable de adorar al Señor; La espiritualidad de la verdadera adoración en el Nuevo Testamento; El culto de la sinagoga fue el modelo del culto de la Iglesia apostólica; Sermón expositivo de Éxodo Caps. 35-39, 1ª parte: El principio regulador del culto como señal de la relación pactual entre Dios y Su pueblo (audio); Dos sermones sobre Éxodo 32:1-33:6, episodio del becerro de oro (audios); La música en la Iglesia occidental a principios del S. XVI; Dios está airado con quienes no usan bien la luz del evangelio; Sermón temático: Soli Deo gloria (audio); Para entender la Reforma; Brevísima historia de algunas de las primeras deformaciones en la Iglesia antigua (siglo II en adelante).


* Esta es la palabra griega que Pablo usa en Colosenses 2:23 para referirse a los actos religiosos de invención humana.

[1] Traducción al español: Juan Calvino, La necesidad de reformar la Iglesia (Landmark Project Press, 2009).  Escrito originalmente en 1544 con motivo de la convocatoria a la Dieta de Espira por el Emperador Carlos V.

La pobreza: Apuntes para una perspectiva bíblica (presentación en láminas)

Por Alejandro Moreno Morrison.

Versión corregida y aumentada de la presentación usada para la conferencia del mismo título impartida para Imago Dei, A. C., el 16 de abril de 2021. 

La conferencia consta de tres partes.  La primera parte analiza algunas de las principales causas externas de la pobreza y presenta breves reflexiones sobre cómo combatirlas.  La segunda parte analiza lo que dice la Biblia acerca de la pobreza, incluyendo las causas personales de ésta.  La tercera parte (más breve) hace algunas sugerencias de las maneras en las que los ciudadanos en general y la Iglesia cristiana en particular pueden ayudar a aliviar la pobreza.  No se trata de un análisis exhaustivo del problema de la pobreza sino de apuntes a grandes rasgos para pensar bíblicamente acerca de él.

_____________

Alejandro Moreno Morrison, de nacionalidad mexicana, es un abogado y teólogo reformado.  Fue educado en la Escuela Libre de Derecho (Ciudad de México), Reformed Theological Seminary Orlando, y la Universidad de Oxford.  En Reformed Theological Seminary Orlando fue asistente del Rev. Dr. Richard L. Pratt (Antiguo Testamento), y del Rev. Dr. Ronald H. Nash (Filosofía).  Ha ministrado como maestro de doctrina cristiana y Biblia y como predicador en diversas iglesias y misiones de varias denominaciones incluyendo la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana Conservadora de México, la Presbyterian Church of America, la Presbyterian Church of Ireland, la Reformed Presbyterian Church North America Synod.  Con esta última estuvo a cargo de una misión durante 2014.  También ha sido profesor invitado de Teología Sistemática, Ética, Evangelismo, y Apologética en el Seminario Teológico Reformado de la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, de Sistemas Políticos Contemporáneos en la Facultad de Derecho de la UNAM (México), y de Derecho Corporativo del Global Startup Lab for Mexico del Massachusetts Institute of Technologies.  Desde 2010 es profesor adjunto de Filosofía del Derecho en la Escuela Libre de Derecho.

____________

Ver también: Los cristianos mexicanos y las elecciones federales de 2024; Cuando el gobernante se convierte en un ídolo; Proverbios sobre los factores éticos del bienestar económico personal; Factores no económicos de la pobreza; La fe de los estatistas; Calvino: Libertad con orden es la mejor forma de gobierno; Calvino y la división de poderes y los controles y contrapesos en el gobierno; Calvino: Dios manda a los gobernantes castigar los delitos (Romanos 13:4); Conferencia: ¿De quién es la imagen? El mensaje de la respuesta del Señor Jesús a la pregunta sobre el tributo romano (video); Rutherford: Una potestad para oprimir no proviene de Dios; Juan Altusio (1557-1638), filósofo, jurista, teólogo, y estadista Reformado; Samuel Rutherford (1600-1661) erudito, pastor, teólogo, pactante y comisionado escocés a la Asamblea de Westminster; La ley natural en el libro “Lex, rex” de Samuel Rutherford; Influencia del calvinismo y del puritanismo en el pensamiento político de las colonias británicas en el norte de América (siglos XVII y XVIII); La “Ley de la racionalidad inversa” de Merold Westphal; Sermón expositivo de Juan 5:1-17, sanidad en el estanque de Betesda (audio); Sermón expositivo de Juan 4:1-42: El diálogo entre el Señor Jesús y la mujer Samaritana (audio); Sobre las raíces liberales, catolicorromanas y marxistas de la Teología de la Liberación; La Teología de la Liberación al servicio del marxismo-leninismo

Para aquéllos que acaban de sintonizar: ¿Qué es la «Visión Federal»?

Por R. Scott Clark (For Those Just Tuning In: What Is The Federal Vision? | The Heidelblog, 8 de noviembre de 2013).

En la radio se supone que el presentador debe «reiniciar» el programa a intervalos regulares. Tiene que recordarles a los oyentes qué programa están escuchando y en qué cadena o emisora. Una de las razones por las que el presentador hace esto es porque algunos oyentes apenas acaban de sintonizarse.

Algunas personas «apenas acaban de sintonizarse,» por así decirlo, a la controversia de la Visión Federal (VF), y este podría ser un buen momento para reiniciar el programa.

El movimiento de la VF se originó con el Rev. Norman Shepherd, que en ese entonces enseñaba teología sistemática en el Westminster Theological Seminary/Philadelphia (WTS/P). En 1974 definió la fe, en el acto de justificación, como «fe y obras.» Eso no se refería a que, en la justificación, la fe es «recibir y descansar,» y las obras son una evidencia y, por tanto, una especie de justificación vindicativa de la afirmación de que se cree. Nada así de matizado y reformado. Más bien, afirmó rotundamente que la fe tiene dos partes en la justificación. Cuando eso creó un previsible revuelo, modificó su lenguaje para usar el concepto «fidelidad.» Al mismo tiempo, él y otros se dedicaron a revisar la teología del pacto. En el bautismo, escribió, todos estamos unidos a Cristo y recibimos los beneficios de Cristo temporal y condicionalmente. ¿Cuál es la condición para conservarlos? ¡Fidelidad!

Tras una larga lucha, fue despedido del WTS/P en 1981. El movimiento se volvió silencioso y, hasta cierto punto, clandestino. Shepherd había enfrentado cargos en su presbiterio de la OPC [Orthodox Presbyterian Church], pero sobrevivió a los cargos la primera vez. Después de su despido, los cargos iban a ser presentados ante el presbiterio de nuevo, pero su petición de ser transferido a la Christin Reformed Church (CRC) llegó primero al orden del día. Sirvió a la CRC como ministro «conservador» argumentando en contra de la ordenación de mujeres al cargo pastoral (ganando así adeptos en la CRC) y dio una serie de tres conferencias en el Mid-America Reformed Seminary (MARS). Las cintas de esas conferencias (el mismo material que había enseñado en WTS/P y el material que apareció en su folleto, El llamado de la gracia) influiría en un número de personas, incluyendo a John Barach, y ayudó a promover el movimiento de la VF. Cuando se retiró, hacia 1998, comenzó a hablar y escribir de nuevo sobre la justificación y el pacto, ayudando a estimular las controversias actuales.

Mientras esto sucedía, el estudio académico del Nuevo Testamento estaba siendo sacudido por un movimiento que reconsideraba la naturaleza del judaísmo del siglo I (segundo templo). En 1974 se argumentó (más o menos al mismo tiempo que Shepherd revisaba las doctrinas del pacto y la justificación) que los rabinos tenían una religión de gracia y no de obras. Esta afirmación llevó a la revisión de la comprensión de Pablo (que había estado en curso desde el siglo XIX). Pablo, argumentan, no estaba tan preocupado por cómo estamos ante Dios (no, sólo pensamos eso porque estábamos leyendo a Lutero en Pablo) sino más bien quién está «dentro» o «fuera» del pacto. Este movimiento llegó a conocerse como la Nueva Perspectiva(s) de Pablo (NPP).

Estos movimientos paralelos convergieron en una serie de conferencias en la Iglesia de la Avenida Auburn y se dieron a sí mismos el nombre de: La Visión Federal. Inicialmente afirmaban estar recuperando la auténtica teología reformada. Afirmaban que la teología reformada americana había sido corrompida por los movimientos avivacionistas (sobre lo que tenían razón, al menos en parte). Estaban profundamente influidos por Shepherd y también inspirados por las ideas de los escritores de la NPP. Muchos de los líderes también se habían identificado con la teonomía en los años 70 y 80. James Jordan, uno de los padrinos de ese movimiento, también estaba influyendo en este nuevo movimiento.

El movimiento VF era (y es) dispar. Algunos de los líderes carecen de educación teológica formal (por ejemplo, Doug Wilson). Algunos tienen doctorados (por ejemplo, Peter Leithart y Jeff Myers). Su pretensión original de recuperar el cristianismo histórico reformado ya no es sostenible, por lo que ahora suelen afirmar que están descubriendo una forma «más bíblica» de cristianismo, que están continuando la labor de la Reforma. La afirmación de haber descubierto algo nuevo e interesante y de ser más bíblico, por supuesto, atrae la atención de, si se me permite ser franco, evangélicos ingenuos que no conocen la Reforma o la historia de la teología y la exégesis reformada en primer lugar, pero que tal vez se sienten atraídos por la doctrina de la predestinación y predispuestos a lo novedoso.

Lo problemático de decir que están reformando a las iglesias reformadas es, por supuesto, que al final la VF termina defendiendo puntos de vista ya considerados y rechazados por las iglesias Reformadas. La mayor parte de lo que la VF está vendiendo es muy parecido en sustancia a lo que la iglesia medieval enseñaba y de lo que los Remonstrantes enseñaron en reacción a la doctrina de la Reforma de la justificación: sola gratia, sola fide.

A partir de finales de los 90s hubo una avalancha de libros y, antes de ellos, una lista de blogs (varios VF fueron los primeros en adoptar el medio y eso hizo avanzar mucho su causa), sitios web y listas de discusión que propagaron la VF ampliamente por la red. Las iglesias confesionales y ortodoxas, los seminarios y los pastores tardaron en responder. No fue sino hasta que un anciano en la OPC fue condenado por enseñar algo parecido a la VF (condena que fue revocada en apelación), que mucha gente confesional empezó a prestarle atención a esta controversia.

La otra dificultad para evaluar el movimiento es que ha sido algo cambiante y amorfo. Si parecían estar inventándolo sobre la marcha, ¡es porque eso era lo estaban haciendo! Era un movimiento parecido a una hidra a la que parecía crecerle una nueva cabeza cada vez que se le cortaba una. Sin embargo, a principios de la década de 2000, las líneas principales del movimiento estaban quedando claras:

En el bautismo todo bautizado recibe todos los beneficios de Cristo (elección, unión con Cristo, justificación, adopción) de modo que se está en «el pacto» por la gracia, pero se conservan estos beneficios y se permanece o se llega (han dicho ambas cosas) a ser elegido, unido a Cristo, y justificado mediante la cooperación con la gracia confiando y obedenciendo. Este fue su plan para combatir el antinomianismo evangélico. Por supuesto, es un viejo brebaje llamado moralismo y ha estado en el grifo desde siempre.

Al mismo tiempo, el movimiento FV también redefine la teología del pacto para decir que hay un solo pacto. La teología histórica reformada había afirmado tres pactos:

1) un pacto pre-temporal entre el Padre y el Hijo (e implícitamente el Espíritu Santo) para lograr la redención de los elegidos y aplicarla a ellos;

2) un pacto de obras antes de la caída;

3) un pacto de gracia después de la caída.

La VF afirma un solo pacto: un pacto de gracia condicional antes de la caída y un pacto de gracia condicional después de la caída. La VF generalmente rechaza el pacto pre-temporal. Esta versión de la teología del pacto también ha tenido apoyo entre ciertos teólogos reformados holandeses en el siglo XX (lo que sirvió de antecedente a la controversia actual). Esta reconstrucción de la teología del pacto sirvió al movimiento de la VF, ya que les permitió enfatizar la gracia–¿y quién puede criticar la gracia?–y les permitió ir infiltrando en el pacto de gracia condiciones que apoyaban su doctrina de la justificación a través de su concepto de fidelidad (confianza, santidad forjada por el Espíritu y cooperación con él en buenas obras).

Esta versión de la teología del pacto aparentemente abundante en gracia es en gran medida hija del espíritu de la época. En el siglo XX, hubo serias críticas a la teología histórica reformada por ser «legalista» (por enseñar un pacto de obras anterior a la caída y por enseñar que la obediencia de Jesús es el fundamento legal de nuestra justificación). Esto les permitía publicitar sus puntos de vista no sólo como llenos de gracia–lo que resultaba atractivo para quienes acababan de descubrir las doctrinas de la gracia, y a quienes huyen del legalismo fundamentalista–sino también como nuevos y mejorados.

Por supuesto que ni la VF ni los recién llegados atraídos por ella reconocieron o admitieron que, habiendo quitado el pacto de obras de Adán y Cristo, ahora depende de nosotros cooperar con la gracia y así cumplir «nuestra parte» del pacto. ¡Esto tiene el efecto de colocar al cristiano en un pacto de obras! No resultó ser a final de cuentas una teología pactual tan abundante en gracia.

Junto con este paquete, el movimiento de la VF también ofrece la paido-comunión (comunión infantil) que atrae a los bautistas recién convertidos al paido-bautismo (bautismo infantil) que aún no ven la distinción reformada entre el bautismo como signo/sello de iniciación en la comunidad del pacto visible y la Cena como signo/sello de renovación del pacto, es decir, asumir las promesas del pacto sólo por la gracia, sólo por la fe. El movimiento hacia la paidocomunión fue atractivo y alimentado por aquellos en el movimiento de la VF que, insatisfechos con lo que consideran la «estéril» distinción reformada entre Dios y el hombre, se sienten atraídos por la [Iglesia] Ortodoxa Griega. Recordemos que este movimiento está en las márgenes de la teología, piedad y práctica reformadas y sirve como una especie de casa a medio camino para los que entran en las iglesias reformadas y también para los que salen de ellas. Como tal, el movimiento de la VF ha tenido una influencia desproporcionada en los ex-fundamentalistas que han descubierto la teología reformada. En lugar de descubrir a Calvino, Ursino y Hodge, han descubierto a Rushdoony y Bahnsen (quienes les dieron respuestas virtualmente aprobadas por Dios a todas sus preguntas éticas), y a Wilson, Barach y Schlissel (en Internet) y a los otros líderes del movimiento de la VF.

Al igual que con la «Controversia Shepherd» original en el WTS/P (1974-81), los ortodoxos rechazaron la VF de forma bastante sensata. Westminster Seminary California (WSC) emitió una declaración en contra de la VF que dio a conocer en un congreso. Un par de años más tarde produjo una respuesta de la extensión de un libro a los movimientos de la VF y la NPP. Este tomo y otros similares de Guy Waters, Cornel Venema, el profesorado de MARS, el Comité de Justificación de la OPC (recomendado por la Asamblea General de la OPC) y libros editados por Gary Johnson y Guy Waters constituyeron una respuesta exhaustiva y, para la mayoría de los reformados, convincente a la VF/NPP y una reafirmación del punto de vista bíblico tal como lo entienden las iglesias reformadas. Aquí hay una lista de esos recursos [en inglés].

En la actualidad, el movimiento de la VF ha sido rechazado por varias de las principales denominaciones del Concilio Presbiteriano y Reformado de América del Norte (NAPARC [por sus siglas en inglés]). Entre las denominaciones que han rechazado la VF están: La Iglesia Presbiteriana en América [PCA], la Iglesia Presbiteriana Ortodoxa [OPC], las Iglesias Reformadas Unidas [URCs], la Iglesia Reformada en los Estados Unidos [RCUSA] y las Iglesias Cristianas Reformadas Ortodoxas [OCRC]. La Iglesia Presbiteriana Reformada de Norteamérica [RPCNA] tiene un comité de estudio. Las URCs han rechazado la VF al afirmar la justificación por la fe sola, sin obras, y al afirmar la imputación de la obediencia activa. Las URCs también adoptaron una declaración de Nueve Puntos en la que las URCs rechazaron la VF por completo. También establecieron un comité de estudio para explicar a las iglesias con más detalle los motivos para rechazar los movimientos NPP y VF. Ese informe está programado para presentarse en 2010. Hay un caso de disciplina relacionado con la VF pendiente en la PCA.

Dado que la mayoría de las iglesias de la NAPARC han rechazado la VF, el principal hogar eclesiástico del movimiento de la VF se ha convertido en un grupo llamado Comunión de Iglesias Evangélicas Reformadas (CREC). Esta denominación está dirigida por Douglas Wilson, un conservador religioso, social y educativo elocuente pero confuso. Después de haber sido un arminiano evangélico (de las Iglesias Evangélicas Libres), ha fundado su propia denominación pluralista (que permite congregaciones bautistas y paidobautistas) con su propia confesión, su propia editorial y su propia universidad y seminario. Varios de los principales exponentes de la VF se han alineado con la CREC y se espera que otros hagan lo mismo en el futuro. La CREC no es reconocida por la NAPARC como una denominación reformada y no está en comunión eclesiástica formal con la OPC, las URC, la PCA o la RCUS.

Si usted es nuevo en la fe reformada, ¡bienvenido! Por favor, comprenda que, aunque estas cuestiones puedan ser nuevas y emocionantes para usted, muchos de nosotros ya hemos trabajado en ellas. Si sólo conoce estas cuestiones a través de la web o de conversaciones personales y similares, y si no se ha tomado el tiempo de leer el planteamiento ortodoxo de las doctrinas del pacto y la justificación en forma impresa, por favor, antes de decidirse, tómese el tiempo de leer las respuestas escritas y publicadas a la VF/NPP.

A lo largo de los años he recibido varios mensajes de jóvenes que inicialmente estaban enamorados de la VF y que, después de tiempo y reflexión, han llegado a rechazarla por las razones expuestas aquí. Como mi viejo amigo Norman Hoeflinger solía decir sobre la teología de Shepherd (Hoeflinger estaba en la junta de la WTS/P y votó contra Shepherd en 1981): Simplemente no es una buena nueva.

Decir «Aquí tienes un regalo y esto es lo que tienes que hacer para conservarlo» no son buenas noticias para los pecadores que no pueden hacer «su parte», ni siquiera con la ayuda de la gracia. Si «la gracia y la cooperación con la gracia» son tan buenas noticias, ¿por qué no saltarse la VF y simplemente hacerse católico romano? ¿Honestamente? Esa ha sido la doctrina romana consistente desde la temprana edad media. Ha sido la doctrina romana oficial desde la sesión 6 del Concilio de Trento.

De acuerdo con la comprensión reformada de las Escrituras, Jesús ha guardado la ley para todo su pueblo cumpliendo la promesa que hizo a su Padre. La obediencia de Cristo en el cumplimiento del deber de Adán es la base de la declaración de Dios para y sobre todos los que confían sólo en Cristo y en su obra terminada: sois justos. Esa es la buena noticia y esa es la teología bíblica del pacto y la doctrina bíblica de la justificación. El pacto de gracia no es sólo otro pacto de obras con un poco de gracia rociada por encima. No, el pacto de la gracia es realmente pleno en gracia. Es gratuito. No se puedes hacerte acreedor a nada con Dios. Es incondicional. En la justificación, la fe no es confiar y obedecer. Es solamente confiar en Cristo y en su obra consumada en favor de los pecadores.

Sí, debemos obedecer la santa ley de Dios, pero lo hacemos por gracia y por gratitud y sólo como evidencia de la nueva vida que Dios nos ha dado en Cristo por gracia (Catecismo de Heidelberg, preguntas y pespuestas 86-129). Sin embargo, si no entendemos bien nuestra teología del pacto y nuestra doctrina de la justificación (Catecismo de Heidelberg, preguntas y respuestas 21, 60), no tenemos ninguna base para una vida cristiana y nos encontraremos atrapados de nuevo en el mismo tipo de legalismo del que la Reforma (y antes de eso, ¡el apóstol Pablo!) nos liberó.

—————

R. Scott Clark es un teólogo, historiador y ministro reformado estadounidense educado en la Universidad de Nebraska, Westminster Seminary California (M.Div.) y en la Universidad de Oxford (D.Phil). Ha sido profesor en Wheaton College, Reformed Theological Seminary Jackson, Concordia University y, desde 1997, es profesor de Historia de la Iglesia y Teología Histórica en Westminster Seminary California. Es ministro de las United Reformed Churches y autor y editor de varios libros.

Traducción: Rafael Segovia Tovar.

Ver también: Pablo sobre la justificación de Abraham por la fe (Génesis 15 y Romanos 4); Sermón: El pacto de obras o de creación de Génesis 2:4-3:24 (audio); Sermón temático: Sola gracia (audio); Antiguo y Nuevo Testamentos: ¿Diferentes fotos o una misma película?; El Pacto Abrahámico en el desarrollo progresivo del Pacto de Gracia; Sermón temático: El antiguo pacto y el nuevo pacto; Sermón de Génesis 15: El pacto abrahámico (audio); Transición pública del antiguo pacto al nuevo pacto en pentecostés; Sermón Rut Cap. 1: La salvación por gracia mediante la fe (no por obras) en el AT (audio); La correcta interpretación de Romanos 10:9-10 (monergismo vs. sinergismo); Efectos y alcances del pecado original (Génesis 3); Ganancias y pérdidas (Filipenses 3:7-9); Dejen de decir que el amilenialismo es pesimista y el posmilenialismo optimista.

Dios está airado con quienes no usan bien la luz del evangelio

Anthony Burgess, Vindiciae Legis. A Vindication of the Morall Law and the Covenants (London, 1647), p. 83 (Conferencia VIII: Romanos 2:14).

Si Dios está tan airado con aquellos que no usan bien la luz de la naturaleza, ¿cuánto más entonces con quienes no usan bien la luz del evangelio? Éstos no ponen la luz bajo un almud sino bajo una pila de estiércol. Hay muchos que son solífugos [que huyen del sol], como murciélagos o búhos. En un capítulo [Rom. 1:24-28] se dice de Dios tres veces que “los entregó,” porque no glorificaron a Dios conforme a la luz de la naturaleza; ¿cuánto más entonces conforme a la luz del evangelio? “Grave es la ley de la conciencia,» dijo Séneca, pero más grave es la luz del evangelio: La luz del ministerio y la Palabra necesitan ser más perturbadoras para tus caminos pecaminosos.


Anthony Burgess fue miembro de la Asamblea de Westminster y del comité redactor del capítulo 19 de la Confesión de Fe, «Sobre la ley de Dios.» 


Ver también: Anthony Burgess sobre la ley natural y contra el teonomismo (Romanos 2:14-15); La “Ley de la racionalidad inversa” de Merold Westphal; Vindiciae Legis, or A Vindication of the Morall Law and the Covenants (PDF and HTML); La ley natural en el libro “Lex, rex” de Samuel Rutherford; La luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir la manera aceptable de adorar al Señor; ¿Cómo eran los puritanos originales?; Puritanismo como un movimiento de avivamiento, 1 (a); Pretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatría; Los puritanos del S. XVII y las ciencias, la cultura, y la educación; Samuel Rutherford (1600-1661) erudito, pastor, teólogo, pactante y comisionado escocés a la Asamblea de Westminster; La doctrina de la luz de la naturaleza en el libro “La ley divina para el gobierno eclesiástico”; Influencia del calvinismo y del puritanismo en el pensamiento político de las colonias británicas en el norte de América (siglos XVII y XVIII); Hay suficiente luz para quienes desean creer en Cristo y suficiente oscuridad para quienes no; Apocalipsis 9:13-21 (La sexta trompeta): Sugerencias para reflexionar y aplicar a nuestras vidas; El 2º mandamiento prohíbe las imágenes (aunque sean sólo para fines didácticos o de ornamento) — “Catecismo de Heidelberg” y comentario de Ursino; Calvino sobre la ley natural (conocimiento innato de las semillas de equidad y justicia) para el gobierno del estado y el orden social; Calvino sobre la ley natural y contra el teonomismo,