Instrumento de alabanza: La dulce música de los salmos a capela

Nota periodística de la agencia de noticias Associated Press, publicada en el periódico Los Angeles Times (20 de enero de 1996).  Traducción y notas de Alejandro Moreno Morrison.

SELMA, Alabama. —  A primera vista, parece un típico domingo protestante en que los feligreses se sientan repartidos entre bancas nuevas de madera, escuchando a un ministro con un traje marrón predicar sobre servir a Dios, «un Dios que está realmente cerca.»

Pero algo muy diferente, algo antiguo, está sucediendo dentro de las paredes de esta modesta iglesia de madera.  El coro y la congregación se levantan para cantar y, si bien las palabras del Salmo 95 resultan familiares, algo falta.  No hay órgano aquí en la Iglesia Presbiteriana Reformada de Selma, ni piano, guitarra ni trompeta.  Sólo se oye la voz a capela de una congregación que alaba en la tradición casi extinta de la “salmodia exclusiva.”

Estos cristianos creen que cantar sin acompañamiento los 150 salmos de la Biblia es la única forma verdadera y correcta de adorar a Dios.[1]  Para citar al sínodo de la iglesia, «Cantamos sólo salmos porque Dios no nos ha ordenado cantar nada más.»  Para los miembros de esta pequeña denominación (hay sólo 70 iglesias y menos de 6.000 miembros)[2] nunca nada ha sonado más dulce.

“El propósito es presentar una adoración que agrade a Dios, no la que nos agrada a nosotros”, nos dijo el reverendo Jerry O’Neill, presidente del Seminario Teológico Presbiteriano Reformado en Pittsburgh.  «Dios no necesita todos los instrumentos para saber que lo que está sucediendo es una alabanza verdadera.»

Los presbiterianos reformados, la mayoría de los cuales viven en Pensilvania, Nueva York, Indiana y Kansas,[3] también son conocidos como pactantes.  Con una historia que se remonta a la Escocia del siglo XVII, la Iglesia Presbiteriana Reformada moderna es quizá el miembro más conservador de su familia mundial.  Para ellos, “hay un estándar absoluto y es la Biblia”, dice O’Neill.  La iglesia data de la década de 1630 y la protesta contra la interferencia [del magistrado] civil en asuntos religiosos.[4]  El corazón de su doctrina –la Confesión de fe de Westminster– surgió en parte de esa interferencia.  Incluye la doctrina de la libertad de conciencia, que sostiene que los oficiales de la iglesia no tienen derecho a imponer prácticas y enseñanzas distintas a las contenidas en la Biblia.[5]

Cuando los autores de la Confesión llegaron a la cuestión de la música en el culto, “lo único de lo que pudieron encontrar pruebas suficientes para considerarlo una verdad absoluta fue el canto de salmos”, nos dijo John Delivuk, bibliotecario de Geneva College, cerca de Pittsburgh, y autor de varios artículos sobre historia [de la Iglesia] Presbiteriana Reformada.

Para los primeros protestantes, la prueba era bastante simple: los salmos son las palabras de Dios porque provienen de la Biblia.  Los himnos pueden ser hermosos, pero la mayoría son exhortaciones a los pecadores, no alabanzas a Dios, y todos son mera poesía humana no inspirada [por Dios].  Evidencia adicional provino de las descripciones bíblicas de la adoración de Jesús en la sinagoga: sólo se usaban los salmos.[6]  De manera similar, el uso de instrumentos musicales está excluido del servicio presbiteriano reformado porque Dios no ordena su uso en el Nuevo Testamento.

Hubo un tiempo en que los bautistas modernos, congregacionales y todas las ramas antiguas de la Iglesia Presbiteriana practicaban la salmodia exclusiva. Pero la práctica comenzó a desaparecer a mediados de los 1700s, cuando el líder de la iglesia Isaac Watts incursionó en el uso generalizado de himnos, y casi desapareció hacia 1920, nos dijo Delivuk.  Sobrevivió más tiempo en el sur conservador [de los Estados Unidos], pero hoy sólo los presbiterianos reformados y unas pocas congregaciones afines mantienen viva la tradición. 

No está claro por qué el canto de los salmos cayó en desuso.  Delivuk sospecha que el deseo de atraer nuevos miembros influyó: los salmos son difíciles de cantar y pueden no ser tan atractivos como los himnos para quienes vienen de fuera de la iglesia.  “Ha habido una presión en lo que se refiere a la adoración para decir: ‘¿Cómo podemos atraer a la gente?’ en lugar de ‘¿Cómo podemos agradar a Dios?’  Así que lo que se preguntan es qué tipo de música le gusta a la gente, qué quiere escuchar la gente,” nos dijo Delivuk.  «Están pasando por alto el hecho de que la adoración es una fiesta para Dios,» dijo.

Pero los miembros de la iglesia dicen que el canto de salmos está regresando.  O’Neill dice que la iglesia ha vendido alrededor de 20,000 de sus salterios, en su mayoría a otras denominaciones.  ¿Por qué?  Los miembros de la iglesia dicen que, si bien parecería restrictivo y austero, excluir de los servicios religiosos los himnos e instrumentos musicales atrae a algunos cristianos porque los libera para adorar a Dios en términos más espirituales.


[1] Nota del traductor: Esta es una de las aplicaciones de la doctrina bíblica conocida como el principio regulador la adoración.  Ver Lev. 10:1-2; Deu. 12:32; 1 Sam. 15:22-23; Dos sermones sobre Éxodo 32:1-33:6, episodio del becerro de oro (audios); Sermón expositivo de Éxodo Caps. 35-39, 1ª parte: El principio regulador del culto como señal de la relación pactual entre Dios y Su pueblo (audio); y Sermón temático: Soli Deo gloria (audio).  Esta enseñanza bíblica es recogida por la Confesión de fe de Westminster (CFW), sus catecismos mayor (CMaW) y menor (CMeW) y el Directorio para la adoración pública de Dios, producido también por la Asamblea de Westminster.  Este principio bíblico es afirmado varias veces en dichos documentos confesionales.  Aquí algunos ejemplos: “Todo el consejo de Dios concerniente a todas las cosas necesarias para Su propia gloria, la salvación, fe y vida del hombre está, ya sea plasmado expresamente en la Escritura, o por buena y necesaria consecuencia puede deducirse de la Escritura; a lo cual nada en ningún tiempo ha de ser añadido, ya sea por nueva revelación del Espíritu, o tradiciones de hombres” (CFW, I, 6);  “Pero la manera aceptable de adorar al Dios verdadero es instituida por Él mismo, y de tal modo limitada por Su propia voluntad revelada, de modo que no sea Él adorado de acuerdo con las imaginaciones e invenciones de hombres, o las sugerencias de Satanás, bajo ninguna representación visible, ni en ningún otro modo no prescrito en la santa Escritura…” (CFW, XXI, 1); “Los pecados prohibidos en el segundo mandamiento son, todo idear, aconsejar, mandar, usar y en cualquier forma aprobar cualquier adoración religiosa no instituida por Dios mismo…  corromper la adoración a Dios, añadiendo a ella, o quitando de ella, ya sea inventada e iniciada por nosotros mismos, o recibida por tradición de otros, aunque sea bajo el título de antigüedad, costumbre, devoción, buena intención, o por cualquier otra apariencia…” (CMaW, #109); “El segundo mandamiento prohíbe la adoración a Dios mediante imágenes, o cualquier otra forma no establecida en Su Palabra” (CMeW, #51).   

[2] Nota del traductor: Estas cifras de refieren únicamente a los Estados Unidos de América (EUA).  Asimismo, la Iglesia Presbiteriana Reformada no es la única denominación que practica la salmodía exclusiva.  En Escocia, la Iglesia Libre de Escocia (Continuadora) y la Iglesia Presbiteriana Libre practican la salmodía exclusiva; y hasta 2011, la Iglesia Libre de Escocia practicó la salmodía exclusiva.  Alrededor del mundo hay otras denominaciones, principalmente reformadas, que practican la salmodía exclusiva (ver: https://exclusivepsalmody.com/churches/).

[3] Nota del traductor: Nuevamente el artículo se refiere únicamente a EUA.  A nivel mundial, la Iglesia Presbiteriana Reformada tiene presencia, además, en Reino Unido, Irlanda, Canadá, Australia, Japón, Ch¡na, Francia, Sudán del Sur, Chile y España.  Ver: https://rpglobalalliance.org/missions/global-missions/.  

[4] Nota del traductor: Este artículo sobre Samuel Rutherford habla sobre la segunda reforma en Escocia y los pactantes: Samuel Rutherford (1600-1661) erudito, pastor, teólogo, pactante y comisionado escocés a la Asamblea de Westminster.

[5] La CFW, en su capítulo XX, “Sobre la libertad y cristiana y la libertad de conciencia,” afirma en su segundo párrafo: “Dios solo es Señor de la conciencia, y la ha dejado libre de las doctrinas y mandamientos de hombre que sean, en cualquier cosa, contrarios a Su Palabra o, adicionales a ella, en asuntos de fe o culto.  De manera que, creer tales doctrinas u obedecer tales mandamientos, por razones de conciencia, es traicionar la verdadera libertad de conciencia; y el requerir una fe implícita y una obediencia absoluta y ciega, es destruir la libertad de conciencia, y la razón también.”     

[6] Nota del traductor: Ver El culto de la sinagoga fue el modelo del culto de la Iglesia apostólica.


Ver también: Calvino sobre el principio que regula la verdadera adoración a Dios; La enseñanza bíblica sobre la adoración pública del Dios verdadero (video-conferencia – bilingual video-lecture); El «Salterio ginebrino» o «Salterio de Ginebra» en español (enlaces externos); La música en la Iglesia occidental a principios del S. XVI; Pretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatría; Calvino: El segundo mandamiento prohíbe las invenciones humanas en el culto al Dios verdadero; La espiritualidad de la verdadera adoración en el Nuevo Testamento; La luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir la manera aceptable de adorar al Señor; Brevísima historia de algunas de las primeras deformaciones en la Iglesia antigua (siglo II en adelante); Para entender la Reforma; La observancia del cuarto mandamiento en el Nuevo Testamento (video-conferencia).

La Reforma antes y aparte de Lutero

Por Alejandro Moreno Morrison

Versión revisada (en formato PDF) de la presentación PowerPoint usada el sábado 28 de octubre de 2023, en la Iglesia Príncipe de Paz (Iglesia Nacional Presbiteriana de México), de Torreón, Coahuila, México.

Esta conferencia comienza con el crecimiento del papado y las deformaciones que se derivaron del mismo, para luego hacer un breve repaso del inicio de la Reforma con los valdenses y John Wycliffe hasta la llegada de Juan Calvino a Ginebra, mostrando la independencia que tuvo esta Reforma de la Reforma luterana.

Esta conferencia es continuación de la conferencia Brevísima historia de algunas de las primeras deformaciones en la Iglesia antigua (siglo II en adelante).

Ver también: Para entender la Reforma; Presbiterianismo en la primera reforma en Inglaterra; The Lovely Italian Princess & the Erudite Spanish Reformer: Giulia Gonzaga & Juan De Valdés in the 16th century Reformation; Calvino sobre el principio que regula la verdadera adoración a Dios; Calvino: El segundo mandamiento prohíbe las invenciones humanas en el culto al Dios verdadero; Sobre la liturgia ginebrina de Juan Calvino para la celebración de la Cena del Señor; Casiodoro de Reina sobre los sacramentos de la Iglesia cristiana; Origen tardío (no apostólico) de la doctrina de la transubstanciación, y temprana oposición a la misma; Pretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatría; La enseñanza bíblica sobre la adoración pública del Dios verdadero (video-conferencia – bilingual video-lecture); La luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir la manera aceptable de adorar al Señor; La espiritualidad de la verdadera adoración en el Nuevo Testamento; Nulidad de los oficios eclesiásticos no prescritos en la Biblia; La música en la Iglesia occidental a principios del S. XVI; Sermón temático: Soli Deo gloria (audio); Dos sermones sobre Éxodo 32:1-33:6, episodio del becerro de oro (audios); Sermón expositivo de Éxodo Caps. 35-39, 1ª parte: El principio regulador del culto como señal de la relación pactual entre Dios y Su pueblo (audio).

Alejandro Moreno Morrison es un abogado y teólogo reformado de nacionalidad mexicana. Obtuvo el título de Abogado por la Escuela Libre de Derecho (Ciudad de México) y la maestría (Master of Arts in Biblical Studies, MABS) por el Reformed Theological Seminary (EUA); parte de esos estudios de maestría los cursó en la Universidad de Oxford (Reino Unido).En Reformed Theological Seminary fue asistente del Rev. Dr. Richard L. Pratt (Antiguo Testamento), y del Rev. Dr. Ronald H. Nash (Filosofía).Ha ministrado como maestro de doctrina cristiana y Biblia y como predicador invitado en diversas iglesias y misiones de varias denominaciones incluyendo la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana Conservadora de México, la Presbyterian Church of America, la Presbyterian Church of Ireland y la Reformed Presbyterian Church, North America Synod. Con esta última estuvo a cargo de una misión durante 2014.También ha sido profesor invitado de Teología Sistemática, Ética, Evangelismo, y Apologética en el Seminario Teológico Reformado de la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, de Sistemas Políticos Contemporáneos en la Facultad de Derecho de la UNAM (México), y de Derecho Corporativo del Global Startup Lab for Mexico del Massachusetts Institute of Technologies.Desde 2010 es profesor adjunto de Filosofía del Derecho en la Escuela Libre de Derecho.

Brevísima historia de algunas de las primeras deformaciones en la Iglesia antigua (siglo II en adelante)

Por Alejandro Moreno Morrison.

Versión revisada (en formato PDF) de la presentación PowerPoint usada el sábado 28 de octubre de 2023, en la Iglesia Príncipe de Paz (Iglesia Nacional Presbiteriana de México), de Torreón, Coahuila, México.

En esta conferencia se analizan las presiones deformadoras que comenzaron a acosar a la Iglesia desde la era apostólica y la respuesta apostólica contra ellas; el concepto paulino de ethelothreskia (religión que nace de la voluntad humana y no de la de Dios), la falsa piedad como ejemplo de ethelothreskia y como fuente de las primeras deformaciones adoptadas por la Iglesia del S. II, el principio regulador de la adoración, las deformaciones introducidas a la Iglesia tras la «conversión» del emperador Constantino, y otras deformaciones introducidas a la Iglesia antes de la Edad Media.

Esta conferencia es la continuación de la conferencia Para entender la Reforma.

Ver también: Para entender la Reforma; El culto de la sinagoga fue el modelo del culto de la Iglesia apostólica; La música en la Iglesia occidental a principios del S. XVI; Origen tardío (no apostólico) de la doctrina de la transubstanciación, y temprana oposición a la misma; Calvino sobre el principio que regula la verdadera adoración a Dios; Pretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatría; La luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir la manera aceptable de adorar al Señor; Instrumento de alabanza: La dulce música de los salmos a capela; Apocalipsis 9:13-21 (La sexta trompeta): Sugerencias para reflexionar y aplicar a nuestras vidas; Calvino: El segundo mandamiento prohíbe las invenciones humanas en el culto al Dios verdadero; Sermón temático: Soli Deo gloria (audio); Dos sermones sobre Éxodo 32:1-33:6, episodio del becerro de oro (audios); La espiritualidad de la verdadera adoración en el Nuevo Testamento; La enseñanza bíblica sobre la adoración pública del Dios verdadero (video-conferencia – bilingual video-lecture); Presbiterianismo en la primera reforma en Inglaterra; Casiodoro de Reina sobre los sacramentos de la Iglesia cristiana.

Alejandro Moreno Morrison es un abogado y teólogo reformado de nacionalidad mexicana. Obtuvo el título de Abogado por la Escuela Libre de Derecho (Ciudad de México), y el grado de Master of Arts in Biblical Studies por el Reformed Theological Seminary; parte de esos estudios de maestría los cursó en la Universidad de Oxford. En el Reformed Theological Seminary fue asistente del Rev. Dr. Richard L. Pratt (Antiguo Testamento), y del Rev. Dr. Ronald H. Nash (Filosofía). Ha ministrado como maestro de doctrina cristiana y Biblia y como predicador en diversas iglesias y misiones de varias denominaciones incluyendo la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana Conservadora de México, la Presbyterian Church of America, la Presbyterian Church of Ireland, la Reformed Presbyterian Church North America Synod. Con esta última estuvo a cargo de una misión durante 2014. También ha sido profesor invitado de Teología Sistemática, Ética, Evangelismo, y Apologética en el Seminario Teológico Reformado de la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, de Sistemas Políticos Contemporáneos en la Facultad de Derecho de la UNAM (México), y de Derecho Corporativo del Global Startup Lab for Mexico del Massachusetts Institute of Technologies. Desde 2010 es profesor adjunto de Filosofía del Derecho en la Escuela Libre de Derecho.

Para entender la Reforma

Por Alejandro Moreno Morrison

Versión revisada de la presentación PowerPoint usada el sábado 28 de octubre de 2023, en la Iglesia Príncipe de Paz (Iglesia Nacional Presbiteriana de México), de Torreón, Coahuila, México.

En esta conferencia se analiza el contexto medieval-renacentista del concepto reforma y su aplicación a la Iglesia; la advertencia del Señor Jesús sobre la deformación de la Iglesia; la diferencia entre reforma y cisma; la diferencia entre reformar e innovar; y la fuente de las deformaciones que siempre están acosando a la Iglesia de Cristo.

Continúa en: Brevísima historia de algunas de las primeras deformaciones en la Iglesia antigua (siglo II en adelante).

Ver también: The Lovely Italian Princess & the Erudite Spanish Reformer: Giulia Gonzaga & Juan De Valdés in the 16th century Reformation; Presbiterianismo en la primera reforma en Inglaterra; Calvino sobre el principio que regula la verdadera adoración a Dios; El culto de la sinagoga fue el modelo del culto de la Iglesia apostólica; Calvino: El segundo mandamiento prohíbe las invenciones humanas en el culto al Dios verdadero; Pretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatría; El 2º mandamiento prohíbe las imágenes (aunque sean sólo para fines didácticos o de ornamento) — “Catecismo de Heidelberg” y comentario de Ursino; Sermón temático: Soli Deo gloria (audio); Calvino sobre el principio que regula la verdadera adoración a Dios; La espiritualidad de la verdadera adoración en el Nuevo Testamento; La luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir la manera aceptable de adorar al Señor.

Alejandro Moreno Morrison es un abogado y teólogo reformado de nacionalidad mexicana. Obtuvo el título de Abogado por la Escuela Libre de Derecho (Ciudad de México), y el grado de Master of Arts in Biblical Studies por el Reformed Theological Seminary; parte de esos estudios de maestría los cursó en la Universidad de Oxford. En el Reformed Theological Seminary fue asistente del Rev. Dr. Richard L. Pratt (Antiguo Testamento), y del Rev. Dr. Ronald H. Nash (Filosofía). Ha ministrado como maestro de doctrina cristiana y Biblia y como predicador en diversas iglesias y misiones de varias denominaciones incluyendo la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana de México, la Iglesia Nacional Presbiteriana Conservadora de México, la Presbyterian Church of America, la Presbyterian Church of Ireland, la Reformed Presbyterian Church North America Synod. Con esta última estuvo a cargo de una misión durante 2014. También ha sido profesor invitado de Teología Sistemática, Ética, Evangelismo, y Apologética en el Seminario Teológico Reformado de la Iglesia Presbiteriana Reformada de México, de Sistemas Políticos Contemporáneos en la Facultad de Derecho de la UNAM (México), y de Derecho Corporativo del Global Startup Lab for Mexico del Massachusetts Institute of Technologies. Desde 2010 es profesor adjunto de Filosofía del Derecho en la Escuela Libre de Derecho.

Casiodoro de Reina sobre los sacramentos de la Iglesia cristiana

Casiodoro de Reina, Declaración o confesión de fe hecha por ciertos fieles españoles que huyendo de los abusos de la Iglesia romana y de la crueldad de la Inquisición de España, hicieron a la Iglesia de los fieles para ser en ella recibidos por hermanos en Cristo, capítulo XI.

1. Entre los medios o instrumentos de nuestra justificación contamos a con el Señor y b con sus apóstoles, los sacramentos de la Iglesia cristiana c por los cuales el Señor de su parte nos aplica en particular, sella y confirma el beneficio de nuestra [salvación], y el cumplimiento de sus promesas; y nosotros de la nuestra recibimos por la fe, y testificamos lo segundo: que somos de su pueblo; asimismo profesamos lo que hemos de hacer para seguirle de verdad.

2. Acerca de esto creemos, primeramente, que así como d a solo Jesús el Cristo pertenece justificarnos, y darnos la fe para ello y el testimonio interior de nuestra justificación por su Espíritu, así también a él solo pertenece instruir los medios o instrumentos externos por los cuales se nos aplique este beneficio, como son los sacramentos y el ministerio de la Palabra y de ellos.

3. De estos, no hallamos en la divina historia—cuanto a los verdaderos sacramentos toca—que él haya instituido más de dos (que propiamente se puedan llamar sacramentos, instituidos y ordenados para el fin ya dicho), los cuales son e el bautismo y f la santa cena.  Los demás que en este número han sido puestos o lo fueren de aquí adelante, los tenemos por adulterinos, si son invenciones de hombres que, con blasfemo atrevimiento, los inventaron (como se puede decir de la confirmación con el aparato que hoy se ejercita en la Iglesia Romana); o si son ritos y costumbres que tengan algún fundamento en la divina Palabra, necesarias por ventura otro tiempo, empero que ahora serían superfluas (como se puede decir de la unción de los enfermos, ahora llamada extremaunción); o necesarias siempre y en todo tiempo en la Iglesia, empero que no son más que ritos, aunque sacros (como se puede entender de la penitencia [arrepentimiento], del orden [ordenación] del ministerio y del matrimonio); aunque los tenemos y observamos por ritos sacros y necesarios, instituidos de Dios, no los llamamos ni tenemos por sacramentos en la significación arriba dicha.


a Marcos 16:16; Juan 3:5-8.

b 1 Pedro 3:21.

c Romanos 4:11-12; Gálatas 3:27.

d Isaías 53:11; Juan 8:30-31; 13:17-11; 14:16-17, 25-26.

e Juan 3:5-8; Mateo 28:19; Marcos 16:16.

f Mateo 26:26-29; Lucas 22:14-20; Marcos 14:22-25; 1 Corintios 11:23-28.

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Ver también: Origen tardío de la doctrina de la transubstanciación, y temprana oposición a la misma; Sobre los medios que Dios usa para impartir Su gracia; Sobre el bautismo; La Cena del Señor; Sobre la liturgia ginebrina de Juan Calvino para la celebración de la Cena del Señor; Calvino: El segundo mandamiento prohibe las invenciones humanas en el culto al Dios verdadero; Pretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatría; La luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir la manera aceptable de adorar al Señor; Sermón expositivo de Éxodo Caps. 35-39, 1ª parte: El principio regulador del culto como señal de la relación pactual entre Dios y Su pueblo (audio); La espiritualidad de la verdadera adoración en el Nuevo Testamento; El culto de la sinagoga fue el modelo del culto de la Iglesia apostólica; Sermón temático: Soli Deo gloria (audio); Apocalipsis 9:13-21 (La sexta trompeta): Sugerencias para reflexionar y aplicar a nuestras vidas; Sermón temático: Sola gracia (audio); La correcta interpretación de Romanos 10:9-10 (monergismo vs. sinergismo); Presbiterianismo en la primera reforma en Inglaterra.

History of the Reformation in Mexico

By Alejandro Moreno Morrison.

To the memory of my great-great-grandfather,

the REV. ARCADIO MORALES ESCALONA, Th. D.,

who rests from his labours for his deeds follow him (Revelation 14:13).

Anyone acquainted with Mexican history will realize that the title above is ambiguous. That is because, on the one hand, there is a period in the Mexican political and legal history known as the Reformation, while the term “Reformation”, on the other hand, has a very specific and well defined religious and theological connotation in ecclesiastical contexts.   Such ambiguity is intended since there is a close relationship between the political movement in Mexico called the Reformation and the history of the Presbyterian Church in Mexico. Furthermore, some readers will be able to notice, as well, some of the similarities that at least I see between the English Reformation and Mexico’s political “Reformation”.

The political “Reformation” in Mexico (1830-­1870) was the movement carried out by the “Liberals” (in its classical European sense rather than the modern sense) against the conservative oligarchy and the Roman­-Catholic clergy, who together concentrated all the economic, social, religious and political power in Mexico. Both, the time frame and the movement itself, overlap with the beginnings and development of the evangelical movement in Mexico, which eventually lead (in one of its several branches) to the foundation of the Presbyterian Church in Mexico.

In the summer of 1822, «Diego» Thompson (a Scottish missionary of Presbyterian background) arrived to Peru with the twofold mission of establishing schools in the “Lancasterian” method and of distributing Bibles in Spanish as an agent of the British and Overseas Bible Society.  It took him five years to make his way up north from Peru to Mexico City, where he arrived in May 1827, with 300 Bibles and 1,000 New Testaments.  The newly arrived Bibles immediately got the attention of many people. On the one hand, a few Roman-Catholic clergymen and such statesmen as Dr. José María Luis Mora, “considered the father of Liberalism in Mexico”, received favourably the distribution of Bibles.  Nevertheless, the official reaction of the Dioceses of Mexico was to ban the circulation of the Bible, and to confiscate and burn those Bibles already distributed among the people, even though such Bibles were the authorized Spanish translation of the Roman Church with the Apocrypha (the Scío de San Miguel version, published in Barcelona, 1820). In spite of the ban, Bibles continued arriving into Mexico and Circulating clandestinely throughout the decades of the 1830’s to the 1860’s.  

This was a time of great turmoil in Mexico as the Conservative Party (and the Roman-Catholic Church) strived to maintain its power, while from the outside Mexico faced war with the United States of America (USA) and intervention from France.  But above and beyond the earthly affairs of the “city of man”, a Christian soldier of the USA Army saw the Mexican War as an opportunity to build the “City of God” by distributing Spanish Bibles to the Mexican people wherever he went.  Likewise, during the French intervention (1864­ 1867), a Moravian chaplain of the French Army lead evangelical worship services in downtown Mexico City.  By the mid­-1850’s, the Liberal Party gained control of the Mexican Congress and passed a set of laws known as the “Reformation Laws,” as well as the 1857 Constitution, patterned after the USA Constitution.  A ruling criterion and aim of the new legislation was to limit the power of the Roman­-Catholic clergy and to recognize religious freedom and freedom of expression.  Moreover, a number of buildings and estates that were property of the Roman-Church (which owned 70% of the real-e­state property in Mexico) were “secularized,” that is, taken away from ecclesiastical hands to be destined for public use or to be sold for productive activities (very much as Henry VIII had done in England over 300 years earlier).  Eventually, the use of several of these “secularized” buildings was granted to Protestant Churches and organizations like the Bible Society.  

All such changes were officially condemned by the Roman pope Pius IX and thus opposed by the majority, though not all, of the Mexican Roman-Catholic clergy.  In fact, a schism was brought about by a small group of priests who sworn loyalty to Mexico and the new Reformation Laws and who thereby endeavoured to establish “the Reformed Mexican Catholic Church independent from that of Rome” and upon the foundations of the early Church.   These “Mexican Catholics” turned to the Episcopal Church o the USA for a serious ecclesiastical authority that would provide their meetings with an official character and to credit their gatherings toward the formation of a church.  The first evangelical service of this group took place in Mexico City in November 18, 1865.  

A couple of years later, a Presbyterian Church was established in Villa de Coss, Zacatecas, as a result of the preaching of Dr. Julius Mallet Prevost, elder in the Presbyterian Church and Consul of the USA in that city.  The church grew rapidly with members from all the ranks of society (including governors and local cabinet members) and established churches in nearby cities like Fresnillo and Concepción del Oro. By 1870, these Presbyterian Churches came under the wing of the Pennsylvania Synod.

In 1868, the Episcopal Church of the USA sent a missionary pastor to Mexico, the Rev. Henry C. Riley. Rev. Riley was born and had spent part of his life in Santiago de Chile, and was pastor of a large Spanish-speaking congregation in New York, so he was fluent in Spanish.  A few months after his arrival, the Rev. Riley sent back to the USA the following report: “A perfect hurricane of Protestant desires is raging against the Roman Church. I felt, as if I had suddenly found myself in the Reformation time. The great task to be accomplished is to edify as soon as possible churches and educational institutions.”  In time, instead of the “Reformed Mexican Catholic Church”, the Mexican Episcopal Church was established with people coming from the Mexican Catholic movement and several “evangelical societies» that had functioned clandestinely over the previous decades.  

One of the leaders of this church, don Julián Rodriguez, persistently invited Mrs. Felipa Escalona de Morales to attend their services.  Mrs. Escalona de Morales (or Mrs. Morales) was a pure Mexican Indian (thus at the lowest rank in society) and a member of the Liberal Party.  She worked in the domestic service at the residence of Ignacio Ramírez, one of the top leaders of the Liberal Party. Although Ignacio Ramirez was an atheist and had inclinations to the occult, he gave Mrs. Morales a Bible.  Albeit not formally educated, Felipa and her husband Bartolo enjoyed a quite awakened mind and had learned to read and write. From an early age, Felipa taught her son Arcadio to read and to love the Bible. Both parents were very religious, although they did not attend the Roman-Catholic mass.  

In January 1869, Felipa Morales sent her son Arcadio (who had just turned 19 years old) to a Tuesday service in the Protestant Church on her behalf.  Arcadio Morales was deeply scandalized by the mere suggestion of attending a Protestant gathering. At the end he attended merely out of obedience to his mother, who asked him “to see and to hear and to report back to her”. Thought not willingly, Arcadio attended the service with a friend of him and Mr. Rodríguez, the church leader who had been so persistent in inviting the Morales­-Escalona family.  On that particular week­day service an infant baptism was administrated.  The Protestant service made a powerful impression on the young Arcadio, who told Mr. Rodriguez that, if that was what Protestantism was all about, he had been a Protestant already for a long time. 

Nevertheless, Arcadio entered into a deep conflict of conscience upon the mere thought of leaving the religion in which he had been raised.  For the first time, he addressed a prayer in his own words: “My God, You see in what state I am; I do not know on whose side lays the truth; but You, who are neither Catholic nor Protestant, help me; I do not want my soul to be lost. If this new religion is the true one, let me embrace it with all my heart, and if that in which I have lived is Yours, then, Lord, do not let me abandon it even for a moment”. Then he took yet another step toward making up his mind about the matter; he purchased two Bibles, one Roman-­Catholic and another Protestant, in order to confirm that the Protestant Bible was not different and, therefore, that all these years reading the Bible had led him to be a “Protestant” albeit unaware of it.  One week after his first visit, Arcadio Morales Escalona was back in the Protestant service, now with a passionate devotion for the gospel. He soon became a “reader” at the Church, while also involved in the distribution of Bibles, and the preaching of the gospel in public places.  

A few years later (October 1872), the first Presbyterian missionaries (proper) from the USA (mostly from Pennsylvania) arrived to the coastal city of Veracruz, off the Gulf of Mexico. The missionaries were Mr. & Mrs. Henry Clifton Thompson, Mr. & Mrs. Paul H. Pitkins, Mr. & Mrs. Maxwell Phillips, Miss Helen P. Allen. A couple of months later (December 28, 1872), the Rev. & Mrs. Merril N. Hutchinson arrived to Mexico City and immediately got in touch with the Protestant Church and the young Arcadio Morales.  

The arrival (thus the growing presence) of the Presbyterian missionaries into an Episcopal environment inevitably brought about the discussion of church polity.  The Episcopalians were advocating for the appointment of an “Archbishop of the Evangelical Missions in Mexico” to oversee all of the evangelical societies and incipient churches. Moreover, as it was in the very origins of the Presbyterian movement in the Church of England, the issue was also raised concerning the use of vestments and other «Romish rituals» that remained in the worship of that nascent Protestant Church.  

Once again, the young Arcadio faced a dilemma on matters of the highest order: What is the right way of worshipping the Lord? After earnest prayer and long conversations with the Rev. Hutchinson on the matter (guided by Scripture as their sole authority), Arcadio embraced the Presbyterian polity and manner of worship leaving behind the Episcopal ways, and thus took the firm resolution “of establishing the Presbyterian Church in the capital of the [Mexican] Republic”. Like the Presbyterian forefathers, Arcadio was excommunicated from the Episcopal Church for his Presbyterian persuasion, which they took as «treason.» “Yet”—he records— “with a small number of brethren who followed me, we continued unaltered fighting against the common enemy, ‘Romanism’, and laying the foundations of Presbyterianism in the capital [city] of Mexico”.  

In time, a small faculty of professors was formed in order to provide theological education to future Mexican ministers like Arcadio Morales. Such faculty included originally the missionary pastors Maxwell Phillips (Greek) and M. N. Hutchinson (Theology). In the years to come such faculty was enriched with the involvement of L. Polemus, Rollo Ogden, J. Milton Green (Th. D.), S. T. Wilton, (Th. D.), and Hubert Brown, (Th. D.).  

On the 21st of May, 1874, Arcadio was examined and approved on his theological training, in the constituting meeting of the Presbyterian Church in Mexico City (which lasted four days with recesses).  He, then, proceeded to make his public profession of faith and to be baptized (since Presbyterians did not accept the Roman baptism) along with other 64 believers who were the first members of the first Presbyterian Church in Mexico City.  

The Presbyterian Church was growing so rapidly, not only in Mexico City but also throughout all the Mexican territory, that there was a growing need for pastors all throughout Mexico. Along with ten other “seminarians” Arcadio Morales continued his theological education under the Presbyterian missionaries above mentioned. By 1878, the theological education and aptitudes of these young Mexicans were deemed appropriate to proceed to ordain them to the holy ministry in the Presbyterian Church.  That same year, 1878, the Rev. Arcadio Morales Escalona became the first pastor of “El Divino Salvador”, the first Presbyterian Church in Mexico City, with 240 registered members, 88 children baptized and growing!       

The Reformation had taken root in Mexican soil.

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Alejandro Moreno Morrison is a Mexican lawyer and Reformed theologian.  He earned a law degree (equivalent to the LLB) at Escuela Libre de Derecho (Mexico City), and a Master of Arts in Biblical Studies from Reformed Theological Seminary (Orlando, Florida), part of such theological studies included a summer at the University of Oxford.  At Reformed Theological Seminary he was teaching assistant of the Rev. Dr. Ronald H. Nash.  He was also Spanish resources consultant for the Rev. Dr. Richard L. Pratt at Third Millennium Ministries.  Alejandro has ministered as intern, teacher, and visiting preacher and teacher at churches and missions of several denominations including Iglesia Presbiteriana Reformada de México, Iglesia Nacional Presbiteriana de México, Iglesia Nacional Presbiteriana Conservadora de México, Iglesia Presbiteriana Ortodoxa Reformada, the Presbyterian Church in America, the Presbyterian Church of Ireland, and the Reformed Presbyterian Church, North America Synod.  With the latter he was in charge of a mission congregation in Mexico City during 2014.  He has also been guest lecturer in Systematic Theology, Ethics, Evangelism, and Apologetics at Seminario Teológico Reformado of Iglesia Presbiteriana Reformada de México, in Contemporary Political Systems at the Faculty of Law of Universidad Nacional Autónoma de México, and in Corporate law at the Massachusetts Institute of Technologies (Global Startup Lab for Mexico).  Since 2010 he is adjunct lecturer in Jurisprudence at Escuela Libre de Derecho.

La perspectiva histórico-redentora idealista del Apocalipsis

G. K. Beale, Revelation: A Shorter Commentary (Eerdmans, 2015), p. 9. 

La perspectiva idealista ve todo el libro [Apocalipsis] como una presentación simbólica de la batalla entre el bien y el mal.  Los sellos, copas y trompetas hablan una y otra vez acerca de los eventos de la historia humana en todas las edades y dan a los creyentes de todas las edades una exhortación a ser fieles de cara al sufrimiento (por ello es “histórico-redentora”).  Creemos que esta perspectiva es sustancialmente correcta pero que debe ser modificada a la luz del hecho de que partes del Apocalipsis definitivamente sí se refieren a eventos futuros del fin concernientes al retorno de Cristo, Su victoria final sobre el enemigo, y el establecimiento de su reino celestial.  Muchos de los eventos profetizados hablan igualmente a la vida de la Iglesia en todas las generaciones, excepto aquellos eventos particulares que tienen que ver con el fin de la historia y el retorno de Cristo.  Preteristas e historicistas están en lo correcto hasta cierto punto en entender que varias porciones de la visión de Juan se cumplen en alguna medida en eventos históricos.  El hecho es, no obstante, que su mensaje no está ligado exclusivamente a esos eventos particulares, pues Apocalipsis tiene su cumplimiento en innumerables eventos a lo largo de la era de la Iglesia.

Como tal, el mensaje de la epístola es de relevancia y valor para todos los creyentes de todas las edades, que es la razón por la cual la visión fue dada a Juan.  Quizá debiésemos llamar a ésta una perspectiva histórico-redentora idealista ecléctica, puesto que aunque el enfoque es en una presentación simbólica de la batalla entre el bien y el mal y en eventos históricos que se repiten durante la era de la Iglesia, aspectos de las perspectivas preteristas, historicista y futurista son incorporados (por ello “ecléctica”).  Conforme vayamos desarrollando el bosquejo del libro, quedarán claras las razones por las que adoptamos esta perspectiva.

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Gregory K. Beale es el titular de la Cátedra J. Gresham Machen de Nuevo Testamento y Profesor de Nuevo Testamento y Teología Bíblica en Westminster Theological Seminary (Filadelfia, EUA) y ministro de la Orthodox Presbyterian Church (EUA).  Fue educado en Southern Methodist Univeristy, Dallas Theological Seminary y en la Universidad de Cambridge (doctorado).  Fue profesor del Departamento de Filosofía y Religión de Grove City College (Pennsylvania), de Nuevo Testamento en Gordon-Conwell Theological Seminary, y de Nuevo Testamento de la Escuela de Posgrado de Wheaton College.  Es autor de varios libros sobre el uso del Antiguo Testamento en el Nuevo Testamento, Teología Bíblica y Nuevo Testamento, incluyendo el Comentario al Apocalipsis de la serie New International Greek Testament Commentary (Nuevo comentario internacional del texto griego del [Nuevo] Testamento). En español está disponible su libro Una Teología Bíblica del Nuevo Testamento: El Desarrollo del Antiguo Testamento en el Nuevo.

Traducción: Alejandro Moreno Morrison.

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Ver también: Dejen de decir que el amilenialismo es pesimista y el posmilenialismo optimista; Apocalipsis 9:13-21 (La sexta trompeta): Sugerencias para reflexionar y aplicar a nuestras vidas; Naturaleza del libro de Apocalipsis; Para entender el Apocalipsis, conferencia en dos partes (audios); Introducción al Apocalipsis, 1ª parte (audio); Introducción al Apocalipsis, 4ª parte (audio); Introducción al Apocalipsis, 5ª parte (audio); Orígenes jesuitas y pentecostales del dispensacionalismo; Cómputo de los 70 septenos (“sietes” o “semanas”) de la profecía de Daniel 9:20-27; Paralelismo o recapitulación en las visiones apocalípticas de Daniel (gráfico); Las dos preguntas de los discípulos respecto de la destrucción de Jerusalén (Mateo 24); Jerusalén: Lugar del fin de la antigua era; Ampliación en el Nuevo Testamento de la noción judía del Reino de Dios y de Jerusalén como su sede; La extensión del territorio del reino del Mesías (Salmo 72:8-11); Serie de sermones de Hechos 1:1 al 2:41 (audios); Antiguo y Nuevo Testamentos: ¿Diferentes fotos o una misma película?; El reino del Mesías y Su Iglesia; El Reino de Dios a lo largo de la historia de la redención; La fusión del Reino de Dios y el reinado de la dinastía davídica en Salmos; Sermón expositivo del Salmo 67 (audio); Brevísima introducción a la teología bíblica del evangelismo y las misiones (audio); La proclamación del reino en los evangelios sinópticos (incluyendo el significado de las parábolas del reino en Mateo 13 y Marcos 4); Este mundo está lleno del poder redentor de Dios (las parábolas de la semilla de mostaza y de la levadura).; Sermón expositivo de Hechos 1:6-7. La restauración del Reino a Israel (audio); Sermón expositivo de Hechos 1:8: El Reino del Mesías y la Gran Comisión (audio); Sermón expositivo de Hechos 1:9-11. Cumplimiento de la profecía de Daniel 7 en la ascensión del Señor (audio).; La profecía de las setenta “semanas” (Daniel 9:20-27); Sermón expositivo de Hechos 2:29-40: El cumplimiento de la profecía del Salmo 110 y el arrepentimiento para el perdón de pecados (audio); Transición pública del antiguo pacto al nuevo pacto en pentecostés; Significado escatológico del Pentecostés; Restauración de Israel: Implicaciones escatológicas de la elección del reemplazo de Judas (Hechos 1:15-26); Sermón expositivo de Hechos 1:12-26: La elección del sustituto de Judas (audio); Definición bíblica del concepto “postreros días” (eschaton); El valle de los huesos secos (Ezequiel 37:1-14); El Señor Jesucristo es ya el rey mesiánico que se ha sentado en el trono de David.

Vindiciae Legis, or A Vindication of the Morall Law and the Covenants (PDF and HTML)

By Anthony Burgess (London, 1647).

PDF file: BURGESS, Anthony. A Vindication of the Moral Law and the Covenants, 1647 (PDF)

HTML edition: BURGESS, Anthony. A Vindication of the Morall Law and the Covenants, 1647 (HTML)

Bibliographic information (The Westminster Assembly Project): Anthony Burgess, «Vindiciae Legis» (Bibliographic information page)

Introductory note by Alejandro Moreno Morrison

The full subtitle of the original edition is: A Vindication of the Morall Law and the Covenants, From the Errours of Papists, Arminians, Socinians, and more especially, Antinomians. In XXX Lectures, preached at Laurence-Jury, London.  The facsimile edition of the link above is taken from the second edition, corrected and augmented (London: James Young, 1647), and published by Reformation Heritage Books (Grand Rapids, 2011).

Burgess was member of the Westminster Assembly and of the committee that drafted chapter XIX of the Westminster Confession «On the Law of God.»  On the crucial importance and unique significance of this book as a testimony of the true Reformed Christianity, and more particularly of the true Reformed Presbyterianism that is faithful to the Westminster Standards, Stephen J. Casselli writes the following in the third page of the “Introduction” to the facsimile edition shared above:

On January 25, 1645, [Anthony Burgess] was elected vicar of the Guildhall church of St. Lawrence Jewry, where his lectures on the law would eventually be delivered. The timing for the call and delivery of these lectures is significant. Burgess delivered these lectures in the midst of the Assembly’s discussion and debates regarding the law of God, and Vindiciae legis provides exegetical and theological rationale, consonant with the teaching of chapter XIX of the Westminster Confession of Faith.

In footnote 11, Casselli further elaborates:

The foreword preceding the title page of Vindiciae legis calling for the publication of Burgess’s lectures is dated June 11, 1646, and this is a significant clue to understanding its historical milieu. It is clear that the lectures were delivered some time in the months preceding June of 1646. This is important because we also know that on November 18, 1645, the writing of the section on the law for the Confession of Faith was referred to the third committee, of which Anthony Burgess was a member. A report on the law was then made to the plenary session by John Wincop on January 7, 9, 12, 13, 29, and February 2 and 9, 1646…

Casselli’s sources are Alex F. Mitchel & John Sturthers, eds., The Minutes of the Sessions of the Westminster Assembly of Divines (Edinburgh: William Blackwood & Sons, 1847; p. 178); and Benjamin B. Warfield, The Westminster Assembly and Its Work (New York: Oxford University Press, 1931; p. 112).

It is worth noting that the “Antinomian Errours” circulating in England around 1645-6 were connected to the moral scepticism and antinomianism that was developed in Lutheran circles in the 17th century.  In his book Natural Law and Moral Philosophy: From Grotius to the Scottish Enlightenment (Cambridge: Cambridge University Press, 1996; pp. 25-6), Knud Haakonssen explains as follows the line of thought of such moral scepticism and antinomianism:

Nothing that a person can be or make of himself will justify him before God; only faith justifies, and that only by God’s grace. Our duty towards God is thus infinite, and we may view our temporal life as a network of unfulfillable duties, which natural law theory may put into systematic form and give such worldly justification as our limited understanding permits. On the other hand, if our duty is really infinite and unfulfillable, then it is hard to see it as a possible guide to action; it provides no criterion for what behaviour to choose. We therefore can live only by faith. This strongly antinomian line was adopted by a great many sects at the Reformation and later and must undoubtedly be regarded as a target no less important than moral scepticism for Protestant natural law theory.

Also in his Introduction to this facsimilar edition, Casselli explains that in Burgess’s lectures the:

…development of the doctrine of the law and the covenants was worked out by the careful exegesis of particular texts, including detailed attention to grammatical and lexical features of the text. [Also]…thoughtful dialogue with the catholic theology of the Western church, a sophisticated interaction with contemporary interpretive traditions, and eye to ecclesiastical concerns, and a sensitivity to the progress of revelation leading to its culmination in the person and work of Jesus Christ…

El culto de la sinagoga fue el modelo del culto de la Iglesia apostólica

Horton Davies, Christian Worship: Its history and meaning (New York: Abingdon Press, 1957), pp. 19-20.

Los primeros cristianos no pensaban acerca de sí mismos como fundadores de una nueva fe. El templo y la sinagoga y sus liturgias formaban el trasfondo natural de su culto.

Así que los primeros cristianos en Jerusalén celebraban una liturgia judía con modificaciones menores. Era simplemente una versión revisada del culto de la sinagoga. Y la sinagoga tenía una importancia doble para la primera generación de cristianos. En primer lugar, nuestro Señor y Pablo llevaron a cabo sus ministerios en las sinagogas…

La importancia de la sinagoga para nuestros propósitos es que su culto ejerció una profunda influencia en el culto de la iglesia apostólica. Los principales elementos de su culto fueron llevados a los servicios cristianos. Las oraciones, la alabanza, la lectura de las escrituras, y su exposición, fueron los fundamentos del culto cristiano. Más aún, el culto de la sinagoga era no-sacrificial en su carácter, y proveía un lugar para una liturgia simple con respuestas, así como con oraciones espontáneas. Estos dos elementos eran características del culto apostólico.

El hecho de que la estructura tradicional del culto judío, con ciertas adiciones importantes, satisfizo a los primeros cristianos, puede inferirse de las escasas referencias a los detalles sobre el culto que se dan en el Nuevo Testamento. La estructura judía se presupone completamente, haciendo superfluo describir el modo de la adoración en detalle.

*  *  *

N. del T.  En su artículo “Church and Temple in the New Testament” (Tyndale Bulletin 40:2 (1989), p. 206), el erudito en Nuevo Testamento I. Howard Marshall escribe:

Aunque los cristianos estaban privados de la asistencia a las sinagogas, continuaron siguiendo el patrón de las reuniones de las sinagogas.  La influencia de la sinagoga se considera generalmente como fundamental en el desarrollo temprano de las reuniones cristianas.

Marshall remite a estas dos fuentes para este asunto: C. F. D. Moule, The Birth of the New Testament (London 1981) Cap. 2; y C. W. Dugmore, The Influence of the Synagogue upon the Divine Office (Oxford, 1948).  

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Traducción: Alejandro Moreno Morrison.

Horton David, nacido en Gales, fue un historiador del cristianismo y ministro congregacional educado en la Universidad de Edimburgo (licenciatura, maestría y maestría en divinidades), la Universidad de Oxford (doctorado) y en la Universidad de Sudáfrica (doctorado en divinidades).  Fue profesor de Divinidad en la Universidad Rhodes de Sudáfrica.  Regresó a Oxford en 1956 como Jefe del Departamento de Historia de la Iglesia, teniendo como colegio sede Mansfield College.  En 1956 fue invitado a ser profesor de la Universidad de Princeton.  Dos becas de la Fundación Guggenheim en 1960 y 1965 y una de la Huntington Library en 1968 le permitieron avanzar en su libro Worship and Theology in England (Culto y teología en Inglaterra).  En 1970 recibió el doctorado en letras por la Universidad de Oxford por los tres primeros volúmenes de dicha obra.  Fue autor o editor de más de dos docenas de libros sobre la historia de la teología y del culto cristiano y reformado, incluyendo el libro citado, Worship and Theology in England (en cinco tomos), y The Worship of the English Puritans.

Ver también: La enseñanza bíblica sobre la adoración pública del Dios verdadero (video-conferencia); Instrumento de alabanza: La dulce música de los salmos a capela; Calvino sobre el principio que regula la verdadera adoración a DiosEl comienzo de los postreros días en Pentecostés; Elección del reemplazo de Judas (Hechos 1:15-26); Las oraciones públicas, colectivas, comúnes, o litúrgicas en la práctica reformadaElección del sustituto de Judas (Hechos 1:12-26)El reino del Mesías y Su IglesiaOración por toda la Iglesia de Cristo (usada por la congregación angloparlante en Ginebra, en tiempos de Calvino y Knox)Juan Calvino acerca de las oraciones públicas, litúrgicas (o al unísono) de la Iglesia en el culto públicoLa música en la Iglesia occidental en tiempos previos a la ReformaSalmo 100 (para canto congregacional)La Cena del SeñorSobre el pacto abrahámicoPablo sobre la justificación de Abraham en Génesis 15 (Romanos 4)La extensión del territorio del reino del Mesías (Salmo 72:8-11); Origen tardío de la doctrina de la transubstanciación, y temprana oposición a la mismaLa música en la Iglesia occidental en tiempos previos a la ReformaLa proclamación del reino en los evangelios sinópticos (incluyendo el significado de las parábolas del reino en Mateo 13 y Marcos 4)La observancia del cuarto mandamiento en el Nuevo Testamento (video-conferencia)Salmo 67 (para canto congregacional)Invocar el nombre de Jehová (Génesis 4:26)Ampliación en el Nuevo Testamento de la noción judía del Reino de Dios y de Jerusalén como su sedeNulidad de los oficios eclesiásticos no prescritos en la BibliaLa espiritualidad de la verdadera adoración en el Nuevo TestamentoSerie de sermones de Hechos 1:1 al 2:41 (audios)La luz de la naturaleza es insuficiente para prescribir el culto (texto en imagen JPG)Dos sermones sobre Éxodo 32:1-33:6, episodio del becerro de oro (audios)Sermón expositivo de Éxodo 34. La ley como señal de la gracia y la elección de Dios (audio)Sermón expositivo de Juan 4:1-42; el diálogo entre el Señor Jesús y la mujer Samaritana (audio)El 2º mandamiento prohíbe las imágenes (aunque sean sólo para fines didácticos o de ornamento) — “Catecismo de Heidelberg” y comentario de UrsinoSermón temático: Soli Deo gloria (audio)Pretender adorar a Dios en cualquier forma no prescrita por Él es superstición e idolatría.